"Damos el mismo trato a los poderes"

 


El Universal
Lunes 17 de enero de 2005
nacion, página 2

Urge ministro José de Jesús Gudiño Pelayo determinar las atribuciones del Ejecutivo y el Legislativo en materia de modificaciones al Presupuesto, asegura

El ministro José de Jesús Gudiño Pelayo hace un llamado a la sociedad para que no pierda de vista que a la hora de resolver un juicio a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) no le importa quiénes son las partes en conflicto, sino el tema del problema que les piden resolver.

Por eso destaca que, más allá de todo lo que se ha discutido sobre el juicio de controversia constitucional que enfrenta al presidente Vicente Fox con a la Cámara de Diputados por el Presupuesto, lo realmente importante son los dos puntos torales que la SCJN tendrá que resolver y que son: Uno, si el Presidente de la República puede o no hacer observaciones al Presupuesto, es decir, si puede o no vetar el Presupuesto.

Y, dos, si la Cámara de Diputados tiene o no límites a la hora de fijar el destino de las partidas del Presupuesto.

Eso, dice el ministro José de Jesús Gudiño Pelayo en entrevista con EL UNIVERSAL, es lo que realmente importa.

Pero también sabe que es conveniente aclarar varios puntos que han generado polémica sobre este juicio, por eso da respuesta, uno por uno, a los cuestionamientos más importantes que se han hecho a la primera decisión que adoptó en este juicio.

El 22 de diciembre de 2004, junto con el ministro Sergio Aguirre Anguiano, con quien integró la Comisión de Receso de la SCJN que operó durante el periodo de vacaciones, Gudiño Pelayo resolvió admitir la demanda de controversia constitucional que promovió el presidente Vicente Fox para impugnar diversos puntos del Presupuesto de Egresos de la Federación vigente para 2005.

Como primera medida, los ministros de la Comisión de Receso de la SCJN decidieron también otorgarle al Ejecutivo una suspensión para congelar 4 mil 165 millones de pesos del Presupuesto que los diputados habían destinado para distintas obras y servicios en diversas entidades y municipios del país.

Dicha decisión generó una serie de descalificaciones, críticas e incluso amenazas de juicio político en su contra.

Ante esta situación, en primer término el ministro Gudiño Pelayo rechaza de manera tajante que su decisión haya respondido a una presión del Ejecutivo o a una relación de dependencia de la Corte hacia el Ejecutivo, como han asegurado diversos diputados.

"Quienes afirman eso no conocen de cerca el trabajo de la Corte; en la Corte lo que cuenta, lo que pesan son los temas, no las partes que lo promueven", asegura categórico Gudiño Pelayo.

Y destaca: "Se da el mismo trato preferente y respetuoso a todas las autoridades, independientemente de su nivel, porque no resuelve o decide en función de quien esté promoviendo la controversia, el amparo o la acción de inconstitucionalidad, sino en función del tema planteado".

En el caso de la controversia sobre el Presupuesto que les tocó atender durante el periodo de vacaciones, dice, se llevó a cabo un proceso totalmente "normal", sin que hubiera "nada de obsequiosidad, nada de extraño" José Gudiño asegura que lo que hicieron fue exactamente "lo que ha venido haciéndose desde hace 10 años (en la SCJN). No es la primera controversia que se admite ni la primera suspensión que se concede en un periodo de receso".

A manera de ejemplo, Gudiño Pelayo informa que, antes de que admitieran el juicio de controversia del presidente Fox y de que le otorgaran una suspensión, resolvieron otros dos asuntos aplicando el mismo criterio.

Durante el periodo de vacaciones, informa, se admitió una controversia que promovió el municipio de Tecomán y se le otorgó una suspensión contra actos del Congreso y del gobierno de Colima.

Además de que se recibió una nueva ampliación de controversia del ayuntamiento de Benito Juárez y se le otorgó una suspensión a una síndico del ayuntamiento contra quien se había girado una orden de aprehensión aunque tenía fuero.

El ministro Gudiño explicó que las facultades de la Comisión de Receso de atender juicios urgentes durante el periodo de vacaciones tienen sustento en el Código Federal de Procedimientos Civiles, de ahí que, precisa, "el pleno de la Corte de ninguna manera legisló".

El único error que cometió el pleno de la SCJN, reconoce, fue que siendo "tan clara esta fundamentación" se dejó en manos del secretario general de Acuerdos la redacción del acuerdo en el que se especificaba esta facultad de la Comisión de Receso, y el resultado fue que se publicó de manera incorrecta el nombre de dicho Código.

De ahí en fuera, José de Jesús Gudiño Pelayo sostiene que la urgencia de aceptar la demanda del Poder Ejecutivo durante las vacaciones se fundamentó en que las sentencias que se emiten en los juicios de controversias constitucionales no tienen efectos retroactivos.

"Es decir, prácticamente no tienen efectos restitutorios, acto que se ejecuta, acto que ya no va a poder ser reparado en la sentencia", explica.

Por lo mismo, detalla, si no se le otorgaba al Ejecutivo la suspensión para congelar la parte del Presupuesto impugnado, se corría el riesgo de que el dinero se hubiera comenzado a gastar en lo que ordenaron los diputados, tan pronto como comenzara el año.

Y parte de la esencia del juicio consiste precisamente en que la Corte determine si el Ejecutivo debe gastar ese dinero o no en lo que le ordenaron los diputados. De ahí que si el dinero se gastaba dejaría de tener razón de ser el juicio.

Además de que, destaca, esta fue una decisión preliminar, pues la determinación definitiva la va a emitir el pleno de la SCJN (es decir, los 11 ministros de la Corte), tras revisar las impugnaciones de la Cámara de Diputados.



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