Listo, plan de jucio político a ministros |
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Jorge Herrera |
Entrega PT propuesta a la oposición. Reiteran que se extralimitaron en sus funciones al admitir la controversia |
La
diputación federal del PT elaboró y distribuyó a los coordinadores
parlamentarios del PRI, PRD, Convergencia y PVEM la propuesta de demanda de
juicio político en contra de los ministros de la Suprema Corte de Justicia de
la Nación (SCJN) José de Jesús Gudiño Pelayo y Sergio Salvador Aguirre
Anguiano. Gonzalo Yáñez,
coordinador de la diputación del PT, reiteró que los ministros se
extralimitaron en sus funciones al admitir la controversia constitucional y
otorgar la suspensión de las partidas presupuestales impugnadas por el
Presidente, ante lo cual se decidió impulsar la demanda de juicio político, y
con el consenso de los demás grupos parlamentarios presentarla formalmente. El documento de 11 hojas
del que EL UNIVERSAL tiene copia se dirige a los miembros de la Subcomisión
de Examen Previo de la Cámara de Diputados, a quienes se plantea la siguiente
acusación: "La conducta asumida por los ministros de la Comisión de
Receso... actualiza la hipótesis prevista en el artículo séptimo, fracción
VI, de la Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos...
Artículo séptimo. Redundan en perjuicio de los intereses públicos
fundamentales o de su buen despacho: VI. cualquier infracción a la
Constitución o a las leyes federales cuando cause perjuicios graves a la
Federación, a uno o varios estados de la misma o de la sociedad, o motive
algún trastorno en el funcionamiento normal de las instituciones". Como parte de los
antecedentes, se describe que la Cámara de Diputados aprobó el 15 de
noviembre pasado el Decreto de Presupuesto de Egresos 2005; el Presidente se
inconformó en un escrito enviado a los diputados 15 días después; en sesión
plenaria del 14 de diciembre de 2004 determinaron no reconocer esa
atribución. El 21 de diciembre el
Presidente interpuso la controversia constitucional en contra de la Cámara de
Diputados, recibida por los ministros de la Comisión de Receso de la Suprema
Corte de Justicia de la Nación, constituidos para ello por acuerdo del pleno
de ese órgano jurisdiccional del 7 de diciembre de 2004. Empero, se precisa que
"el pleno de la Corte... incurre en una serie de imprecisiones y excesos
jurídicos... fundamenta en una norma jurídica inexistente su facultad para
delegar en los ministros de la Comisión de Receso la competencia para
habilitar todos los días y todas las horas... conocer de los trámites
urgentes de dichas controversias y acciones... y por tanto, todo lo actuado
por ellos en la controversia 109/2004 es nulo de pleno derecho". En el apartado de Hechos, establece que "la determinación de los ministros constituye una infracción a la Constitución... en virtud de que con la admisión de la controversia... se atenta contra el artículo 74, fracción IV, de nuestra norma fundamental, que establece como facultad exclusiva de la Cámara de Diputados aprobar anualmente el Presupuesto de Egresos... los ministros desconocen la atribución constitucional de la Cámara..." |
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