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Datos Relevantes de la Sesión |
Comisión Permanente: Primer Receso del Tercer Año de Ejercicio, LVIII Legislatura / Febrero 04, 2003 |
5. INICIATIVAS
No.
Iniciativa
Origen
Turno o Trámite
Materia
Propuesta
1
Con proyecto de decreto que adiciona un segundo párrafo a la fracción X del artículo 73, y una fracción VIII al artículo 116, ambos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
(Facultar a las entidades federativas para legislar en materia de creación y administración de loterías estatales).
Congreso del Estado de Baja California
Se turnó a la Comisión de Puntos Constitucionales de la Cámara de Diputados.
Constitucional-
Federalismo/
Loterías EstatalesFacultar a las entidades federativas para legislar en materia de creación y administración de loterías estatales:
1. Otorga atribuciones a las entidades federativas "para legislar en la creación y administración de loterías estatales, siempre y cuando los ingresos netos de éstos sean destinados a un fondo de la hacienda pública estatal, el cual se utilizará únicamente para el apoyo a la educación pública que proporcione dicho estado".
2. Establece que en lo relativo a juegos con apuestas y sorteos, el Congreso de la Unión ejercerá esta facultad, sin contravenir las atribuciones que en materia de creación y administración de loterías estatales, la Constitución otorgue a las entidades federativas.
2
Con proyecto de decreto que reforma el artículo 213 de la Ley del Seguro Social.
(Permitir que el IMSS pueda celebrar convenios de subrogación del servicio de guarderías con particulares y organizaciones sociales).
Diputado
José María Rivera Cabello
(PAN)A nombre propio y del Dip. Manuel Wistano Orozco Garza (PAN).
Se turnó a las comisiones de Trabajo y Previsión Social y de Seguridad Social de la Cámara de Diputados.
Seguridad Social-IMSS/
GuarderíasAmpliar los sujetos con los que el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), pueda celebrar convenios de subrogación del servicio de guarderías, a efecto de incluir además de los patrones, a los particulares y a las organizaciones sociales.
3
Con proyecto de Ley para la Inscripción y Regularización de Vehículos Automotores de Carga de Procedencia Extranjera.
(Expedir la Ley que otorgue facilidades para la inscripción y regularización de vehículos automotores de carga de procedencia extranjera).
Diputado
César Horacio Duarte Jáquez
(PRI)
A nombre propio y de legisladores integrantes de los Grupos Parlamentarios del PRI, PRD, PVEM y PT.
a) Se turnó a la Comisión de Comercio y Fomento Industrial de la Cámara de Diputados.
b) Se instruyó su publicación íntegra en el Diario de los Debates y en la Gaceta Parlamentaria.
Comercial/
Vehículos de Procedencia ExtranjeraExpedir la Ley que facilite la inscripción y regularización de vehículos automotores de carga de procedencia extranjera:
1. Permite la inscripción de los vehículos automotores con las siguientes características:
a) Pick-ups, camionetas, camiones, quinta-ruedas, rabones, dumpers, tractocamiones y autobuses y otros automotores de carga destinados a la actividad de carga o transporte de pasajeros, siempre y cuando hayan sido internados al país antes del 31 de diciembre del 2002.
b) Los destinados al servicio público de transporte y carga, con una capacidad mayor a los 3,500 kilogramos y de motores de gasolina, gas o diesel, según corresponda.
2. Obliga a los interesados en inscribir los vehículos, a pagar el Impuesto Sobre Tenencia o Uso de Vehículos a partir del ejercicio fiscal del 2003 y los subsecuentes.
3. Exime parcialmente del pago de los demás impuestos y derechos que deban pagarse con motivo de la importación, a efecto que se pague la cantidad única que determine la Ley por la inscripción de vehículos.