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Comisión Permanente: LVIII Legislatura Enero 23, 2002 |
2. ACUERDO DE LOS GRUPOS PARLAMENTARIOS
No.
Origen
Contenido
Turno o Trámite
1
Legisladores integrantes de los Grupos Parlamentarios representados en la Comisión Permanente
Relativo a las sesiones de la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión.
Resolutivos:
1. El presente Acuerdo establece los consensos generales para la conformación del Orden del Día, el desarrollo de las sesiones y los debates sobre asuntos de interés nacional en la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión, durante el Primer Receso del Segundo Año de Ejercicio Constitucional de la LVIII Legislatura.
2. Las sesiones de la Comisión Permanente se celebrarán los días miércoles de cada semana; iniciarán por norma general a las 11:00 horas y tendrán una duración de hasta cuatro horas conforme lo establece el artículo 28 de Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. El Presidente de la Mesa Directiva y los legisladores de los grupos parlamentarios representados en ésta podrán acordar la celebración de sesiones vespertinas o en días distintos a los programados.
3. A las 18:00 horas los días previos a las sesiones programadas, tendrán lugar las reuniones de trabajo entre legisladores integrantes de la Mesa Directiva con el objeto de integrar el Orden del Día de cada sesión, en términos de lo que dispone el artículo 30 del Reglamento Interior, agrupados conforme a conceptos y, en su caso, acordar los trámites que correspondan a los asuntos en cartera. A esta reunión asistirán los representantes designados por los grupos parlamentarios.
4. Con la finalidad de ordenar los debates y recopilar elementos suficientes para la discusión de los asuntos en cada Sesión, el proyecto de Orden del Día deberá integrarse a más tardar en la reunión de trabajo que establece el punto anterior del presente Acuerdo.
5. Los asuntos complementarios o deliberativos que deseen incluir los grupos parlamentarios, adicionales a los que marca el artículo 30 del Reglamento para el Gobierno Interior, constituirán la Agenda Política.
6. La inclusión de iniciativas, proposiciones y asuntos en la Agenda Política del Orden del Día de cada Sesión, que sean de interés de los grupos parlamentarios, deberá solicitarse su inscripción a la Mesa Directiva con 24 horas de anticipación al inicio de la Sesión.
7. Las deliberaciones sobre los asuntos contenidos en la Agenda Política deberán iniciar con el orador del Grupo Parlamentario que haya solicitado su registro, pudiendo incorporar hasta un turno de oradores para fijar posición por cada Grupo Parlamentario. Estas intervenciones no podrán tener una duración mayor a 10 minutos; en la discusión podrán inscribirse oradores quienes harán uso de la tribuna conforme lo establece el Reglamento Interior, por un tiempo máximo de 5 minutos.
8. Durante el desarrollo de las sesiones, la Mesa Directiva podrá incorporar, por consenso al Orden del Día, asuntos que no hubieren sido registrados al inicio de las mismas y que sean propuestos por los legisladores de los grupos parlamentarios.
9. Los representantes de los grupos parlamentarios informarán con oportunidad, antes del inicio de las sesiones, los nombres de los legisladores que sustituirán en sus funciones a los legisladores propietarios, con objeto de llevar a cabo el correcto registro de asistencias y solicitudes de uso de la palabra.
10. Para la integración del Orden del Día deberán privilegiarse los asuntos que las disposiciones legales establezcan como materia de la Comisión Permanente, pudiendo incluirse otros siempre y cuando en su registro se observen las disposiciones contenidas en este Acuerdo.
11. Los asuntos no previstos en los presentes serán resueltos por acuerdo con los legisladores de los grupos parlamentarios representados en la Comisión Permanente del H. Congreso de la Unión.
Aprobado en votación económica.
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