INICIATIVAS PRESENTADAS DURANTE LA LIX LEGISLATURA

No. de Reg: 099/1PO1/03

TEXTO VIGENTE

TEXTO QUE SE PROPONE

Código Penal Federal.

 

 

 

 

 

No tiene correlativo

Artículo Unico. Se adiciona el artículo 424 quáter al Código Penal Federal, para quedar como sigue:

Art. 424 quáter. Se impondrá prisión de tres a diez años y de dos mil a veinte mil días de salario mínimo, de multa:

I. A quien empleando un medio mecánico, electrónico, digital o cualquier otro, desactive sin derecho o autorización de quien deba darla, las medidas tecnológicas de protección que tienen por objeto impedir o restringir toda forma de uso y explotación no autorizada, de cualquiera de los géneros de obras amparadas por el artículo 13 de la Ley Federal del Derecho de Autor.

II. A quien empleando un medio mecánico, electrónico, digital o cualquier otro, desactive sin derecho o autorización de quien deba darla, las medidas tecnológicas de protección de fonogramas que tienen por objeto impedir o restringir toda forma de uso y explotación no autorizada de sus interpretaciones, ejecuciones o fonogramas.

 

Transitorio

Unico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

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