INICIATIVAS PRESENTADAS DURANTE LA LIX LEGISLATURA

No. de Reg: 576/2RCP1A/04

TEXTO VIGENTE

TEXTO QUE SE PROPONE

Ley General de Educación.

 

 

 

 

 

Artículo 7. La educación que impartan el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares …

 

 

I a la X. …

 

XI.- Inculcar los conceptos y principios fundamentales de la ciencia ambiental, el desarrollo sustentable así como de la valoración de la protección y conservación del medio ambiente como elementos esenciales para el desenvolvimiento armónico e integral del individuo y la sociedad.

 

No tiene correlativo

 

 

 

 

 

 

 

XII.- Fomentar actitudes solidarias y positivas hacia el trabajo, el ahorro y el bienestar general.

Artículo Único.- Se adiciona un párrafo y se modifica la fracción undecima del artículo 7º de la Ley General de Educación, para quedar redactada de la siguiente manera;

 

 

Artículo 7º.- .....

 

 

 

 

I. a X.- ........

 

XI.- Hacer conciencia de la necesidad de un aprovechamiento sustentable de los recursos naturales, de la preservación y restauración del equilibrio ecológico y de la protección del ambiente.

 

 

Para tales efectos, la Secretaría de Educación Pública instituirá como obligatoria la asignatura de ecología y medio ambiente, dentro de los programas de estudios del nivel básico, a fin de fomentar en los educandos una verdadera cultura de preservación, restauración y protección del medio ambiente.

 

Transitorios

Artículo Único.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

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