No. de Reg: 563/2RCP1A/04 |
TEXTO VIGENTE |
TEXTO QUE SE PROPONE |
Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo 39. 1. ... 2. ... De la I. a la XXXVIII. ... XXXIX. Fiscalización de Actividades de Inteligencia. Cuarto. Se adiciona una fracción XXX al artículo 90 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue: Artículo 90. De la I. a la XIX. ... XXX.
Fiscalización de las Actividades de Inteligencia. ……… |
Tercero. Se adiciona una fracción XXXIX al numeral dos del artículo 39 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue: Artículo 39. 1. ... 2. ... De la I. a la XXXVIII. ... XXXIX. Fiscalización de Actividades de Inteligencia. Cuarto. Se adiciona una fracción XXX al artículo 90 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue: Artículo 90. De la I. a la XIX. ... XXX. Fiscalización de las
Actividades de Inteligencia. Quinto. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. |