No. de Reg: 483/2RCP1A/04 |
TEXTO VIGENTE |
TEXTO PROPUESTO |
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS. Artículo 115 Los Estados adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano, representativo, popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización política y administrativa, el Municipio Libre, conforme a las bases siguientes: I a la VII.- … VIII.- Las leyes de los estados introducirán el principio de la representación proporcional en la elección de los ayuntamientos de todos los Municipios. Las relaciones de trabajo entre los municipios y sus trabajadores, se regirán por las leyes que expidan las legislaturas de los estados con base en lo dispuesto en el Artículo 123 de esta Constitución, y sus disposiciones reglamentarias. |
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS Artículo 115. ...
Fracción I. a la VII. ... Fracción VIII. Las leyes de los estados introducirán el principio de la representación proporcional en la elección de los ayuntamientos de todos los municipios. Las relaciones de trabajo entre los municipios y sus trabajadores se regirán por las leyes que expidan las Legislaturas de los estados con base en lo dispuesto por el artículo 123 de esta Constitución y sus disposiciones reglamentarias. Asimismo, regularán dichas leyes las relaciones entre los municipios y sus trabajadores. La ley determinará con claridad en cada estado los mínimos y máximos salariales de sus servidores públicos, estatales y municipales, consignando todas sus posibles prestaciones, con la obligación legislativa de revisar anualmente estas asignaturas, cuidando en todo tiempo la capacidad presupuestal de cada estado y sus municipios, sin perjuicio de la libre administración de la hacienda municipal. |
Artículo 116 El poder público de los estados se dividirá, para su ejercicio, en Ejecutivo, Legislativo y Judicial, y no podrán reunirse dos o más de estos poderes en una sola persona o corporación, ni depositarse el Legislativo en un solo individuo. Los Poderes de los Estados se organizarán conforme a la Constitución de cada uno de ellos, con sujeción a la siguientes normas: I a la V.- …
VI.- Las relaciones de trabajo entre los estados y sus trabajadores, se regirán por las leyes que expidan las legislaturas de los estados con base en lo dispuesto por el Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y sus disposiciones reglamentarias.
VII.- … |
Artículo 116. ...
Fracción I. a la V. ...
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