INICIATIVAS PRESENTADAS DURANTE LA LIX LEGISLATURA

No. de Reg: 479/2RCP1A/04

En la parte relativa al texto legal que se propone, se sugiere lo siguiente:

La propuesta se limita a presentar o exponer los motivos de su trabajo legislativo, sin contener la parte propositiva del artículado y su texto.

La iniciativa no cumple en general con los requisitos formales que se exigen en la práctica parlamentaria y que son los siguientes:

Ser formulada por escrito, tener un título, contener el nombre y firma de la persona que presenta la iniciativa, una parte expositiva de motivos, el texto legal que se propone, los artículos transitorios  donde se señala la entrada en vigor, la fecha de elaboración y ser publicada en la Gaceta Parlamentaria.

No se realiza cuadro comparativo por las razones expresadas anteriormente.

Regresar a Datos de Identificación