INICIATIVAS PRESENTADAS DURANTE LA LIX LEGISLATURA

No. de Reg: 446/2PO1A/04

TEXTO VIGENTE

TEXTO QUE SE PROPONE

Ley Federal de Cinematografía

 

Artículo 41. La Secretaría de Educación Pública tendrá...

I. A través del Consejo Nacional para la Cultura y las Artes:...

a).- a b).- ………

c) Coordinar la producción cinematográfica del sector público.

 

d).- a h).- ……..

No tiene correlativo

II.- a III.- …..

Artículo Unico. Se reforma el artículo 41, fracción I, inciso c), y se adiciona el inciso i) al mismo precepto, para quedar como sigue:

Artículo 41. ...

"I. ...

"a) ...

"b) ...

"c) Coordinar la producción y coproducción cinematográficas que el sector público realice mediante Estudios Churubusco Azteca, SA.

"d) a h) ...

"i) Coordinar y vigilar las actividades del Centro de Capacitación Cinematográfica."

 

 

Transitorio

Artículo Unico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Regresar a Datos de Identificación