INICIATIVAS PRESENTADAS DURANTE LA LIX LEGISLATURA

No. de Reg: 328/2PO1A/04

TEXTO VIGENTE

TEXTO QUE SE PROPONE

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Artículo 132.- Son obligaciones de los patrones:

 

I. a XII...........

 

XIII.- Colaborar con las Autoridades del Trabajo y de Educación, de conformidad con las leyes y reglamentos, a fin de lograr la alfabetización de los trabajadores;

 

 

XIV.-.....

 

 

 

  

XV. a XXVIII.....

 

Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley Federal del Trabajo.

 

Artículo Unico.- Se reforma la fracción XIII y se adiciona la fracción XIV del artículo 132; y se adiciona con un segundo párrafo el artículo 153-I, de la Ley Federal del Trabajo, para quedar como sigue:

 

Artículo 132.- ...

 

 

I. a XII. ...

 

XIII. Colaborar con las autoridades del trabajo y de educación, de conformidad con las leyes y reglamentos, a fin de que los trabajadores reciban la educación obligatoria;

 

XIV. ...

 

El acceso a las becas de capacitación deberá ser proporcional al número de hombres y mujeres contratados por el patrón;

 

XV. a XXVII. ...

Artículo 153-I En cada empresa se constituirán Comisiones Mixtas de Capacitación y Adiestramiento, integradas por igual número de representantes de los trabajadores y del patrón.......

 

(No tiene correlativo es un párrafo de nueva creación)

Artículo 153 I. ...

 

 

 

 

 

La representación de los trabajadores y trabajadoras deberá integrarse en número proporcional a la cantidad de hombres y mujeres empleados con que cuente la empresa.

 

Transitorio

 

Unico.- El presente decreto entrará en vigor un día después de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

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