|
No. de Reg: 245/2PO1A/04 |
|
TEXTO VIGENTE |
TEXTO QUE SE PROPONE |
|
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos ……. ……. ……. ……. ……. ……. …….
No tiene correlativo |
Unico.- Se adiciona un párrafo al artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para quedar como sigue: Artículo 4 ... ... ... ... ... ... ... ... Es responsabilidad del Estado garantizar la atención, la seguridad, así como la restitución de derechos de los desplazados internos, ya sea de grupos o de personas que se han visto forzadas u obligadas a escapar o huir de su lugar de residencia, para evitar los efectos de un conflicto armado, de situaciones de violencia generalizada, de violaciones de los derechos humanos o catástrofes naturales o provocadas por el ser humano, dentro de sus fronteras, según lo disponga la ley en la materia, la cual establecerá la concurrencia de la Federación y las entidades federativas en el ámbito de sus respectivas competencias. |
|
Transitorios Unico.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. |