No. de Reg: 00/1PO1/03 |
TEXTO VIGENTE |
TEXTO QUE SE PROPONE |
Ley General de Educación
Artículo 37.- La educación de tipo básico está compuesta por el nivel preescolar, el de primaria y el de secundaria. La educación preescolar no constituye requisito previo a la primaria. El tipo medio-superior comprende el nivel de bachillerato, ... El tipo superior es el que se imparte después del bachillerato o de sus equivalentes. Está compuesto por la licenciatura, la especialidad, la maestría y el doctorado, así como por opciones terminales previas a la conclusión de la licenciatura. Comprende la educación normal en todos sus niveles y especialidades. |
Unico.- Gírese atento oficio al honorable Congreso de la Unión a efecto de proponer a su atenta consideración la adición del artículo 37, tercer párrafo, de la Ley General de Educación.
El tipo superior es el que se imparte después del bachillerato o de sus equivalentes. Está compuesto por la licenciatura, la especialidad, la maestría y el doctorado, así como por opciones terminales previas a la conclusión de la licenciatura. Comprende la educación normal en todos sus niveles, especialidades y licenciaturas que den cobertura a todas las áreas del conocimiento requeridas. |