No. de Reg: 904/1CP3/03 |
1 | Proyecto de Decreto: | Con proyecto de Ley Federal de Derechos Mínimos para el Ejercicio del Periodismo, para desarrollar legislativamente los derechos específicos de los profesionales de la información al secreto profesional, cláusula de conciencia, acceso a las fuentes de información, derecho de autor y firma, indiscutiblemente integrados al derecho fundamental a la información. |
2 | Nombre de quien presenta: | Dip. Luis Miguel Gerónimo Barbosa Huerta (PRD). Sin intervención en tribuna. |
3 | Grupo Parlamentario o Partido Político: | Partido de la Revolución Democrática. |
4 | Fecha de presentación ante el Pleno: | Febrero 12 de 2003. |
5 | Fecha de Publicación en la Gaceta Parlamentaria: | Febrero 13 de 2003. |
6 | Turno a Comisión: | Gobernación y Seguridad Pública. |
7 | Fecha de aprobación en la Cámara de Diputados: | Pendiente. |
8 | Fecha de aprobación en la Cámara de Senadores: | Pendiente. |
9 | Fecha de Publicación en el Diario Oficial de la Federación: | Pendiente. |
Sinopsis:
La iniciativa propone expedir la Ley que garantice los derechos mínimos para el ejercicio del periodismo como lo es la cláusula de conciencia; secreto profesional; derechos de autor y firma; y libre y preferente acceso a las fuentes de información: Garantiza el derecho de Cláusula de Conciencia para permitir al periodista la rescisión de la relación laboral, con indemnización, por cambios en la orientación ideológica del medio de comunicación; Contempla la figura de Secreto Profesional a fin de proteger la identidad de las fuentes informativas; Otorga el Derecho de Autor y Firma para asegurar a los profesionales de la información la propiedad intelectual de los textos originales, noticias, reportajes y trabajos audiovisuales de los que sean autores; Asegura el Derecho de Libre y Preferente Acceso a las Fuentes Informativas, con el objeto de que los profesionales de la información tengan libre acceso a todos los actos de interés público que se desarrollen en organismos públicos o privados. |