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DIRECCIÓN DE APOYO TÉCNICO

No. de Reg: 089/2PO1/01

     Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 2 del decreto que aprueba el Convenio Constitutivo de la Corporación Interamericana de Inversiones y  establece bases para su ejecución en México.

TEXTO VIGENTE

TEXTO QUE SE PROPONE

 

 

 

 
 
Artículo 2.- El Banco de México queda autorizado para efectuar con la garantía del Gobierno Federal, la suscripción adicional de 163,308 acciones o partes sociales del Banco Interamericano de Desarrollo hasta por el equivalente de 1,633'080,000 (un mil seiscientos treinta y tres millones, ochenta mil) dólares de los estados unidos de América de peso y ley en vigor al 1o. de enero de 1959.

 

 

Artículo Primero.- Se reforma el artículo 2 de la, Ley que establece bases para la ejecución en México, por el Poder Ejecutivo Federal, del Convenio Constitutivo de la Asociación Internacional de Fomento, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1960, para quedar como sigue:

 

"Artículo 2.- Se autoriza al Gobierno Federal para que por conducto del Banco de México, se realice la aportación de nuestro país correspondiente a la duodécima reposición de recursos de la Asociación Internacional de Fomento, hasta por el equivalente de 4'084,000 (cuatro millones ochenta y cuatro mil) derechos especiales de giro, cantidad que se adicionará a las suscripciones anteriores efectuadas por nuestro país."

Artículo Segundo.- Se autoriza al Ejecutivo Federal para actualizar las aportaciones a que se refiere la Ley que establece las bases para la ejecución en México, por el Poder Ejecutivo Federal, del Convenio Constitutivo de la Asociación Internacional de Fomento, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo anterior.

Transitorio

Unico.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

 Datos de Identificación

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