Con proyecto de decreto de reformas y adiciones al artículo 73, fracción XXIX, numeral 5º, inciso a), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (Asegurar que el consumo de energía eléctrica no sea considerada una contribución cuando los municipios la tomen como base para determinar el pago del derecho por el servicio municipal de alumbrado público). |
TEXTO VIGENTE |
TEXTO QUE SE PROPONE |