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DIRECCIÓN DE APOYO TÉCNICO

No. de Reg: 088/2PO1/01

     Iniciativa con proyecto de decreto que reforma el párrafo primero del artículo 10 de la Ley del Impuesto Sobre la Renta; el segundo párrafo del artículo 1 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y el artículo 2 de la Ley del Impuesto Especial Sobre Producción y Servicios. Diputado José Manuel del Río Virgen (CDPPN). Publicación en Gaceta Parlamentaria: Marzo  21, 2001.
 

TEXTO VIGENTE

TEXTO QUE SE PROPONE


 

 

 Ley del Impuesto Sobre la Renta

Artículo 10. Las personas morales deberán calcular el impuesto sobre la renta, aplicando al resultado fiscal obtenido en el ejercicio la tasa del 35%.

 

Proyecto de Iniciativa que reforma el párrafo primero del artículo 10 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, el segundo párrafo del artículo 1 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y el artículo 2 de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios.

Ley del Impuesto Sobre la Renta

Artículo 10. Las personas morales deberán calcular el impuesto sobre la renta, aplicando el resultado fiscal obtenido en el ejercicio la tasa del 32%.

Ley del Impuesto al Valor Agregado

Artículo 1. ...

I.-...

II.-...

III.-...

IV.-..

El impuesto se calculará aplicando los valores que señala esta Ley, la tasa del 15%. El impuesto al valor agregado en ningún caso se considerará que forma parte de dichos valores.

...
...

...

Ley del Impuesto al Valor Agregado

Artículo 1. ...

I. .....

IV. ...

 

 

El impuesto se calculará aplicando a los valores que señala esta Ley, la tasa del 11%. El impuesto al valor agregado en ningún caso se considerará que forma parte de dichos valores.

........

Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios

Artículo 2. Al valor de los actos o actividades que a continuación se señalan, se aplicarán las tasas siguientes:

I. ...

A) Bebidas alcohólicas fermentadas 25%.

...

B) Cervezas y bebidas refrescantes con una graduación alcohólica de hasta 6° G.L. 25%

C) Cervezas y bebidas refrescantes con una graduación alcohólica de más de 6° y hasta 13.5° G.L. 25%

D) Cervezas y bebidas refrescantes con una graduación alcohólica de más de 13.5° y hasta 20° G.L. 30%

E) Cervezas y bebidas refrescantes con una graduación alcohólica de más de 20° G.L. 60%

F) Alcohol y alcohol desnaturalizado 60%

G) Tabacos labrados:

1) Cigarros 100%

2) Cigarros populares sin filtro elaborados con tabacos obscuros con tamaño máximo de 77 milímetros de longitud, cuyo precio máximo al público al 1o. de enero de cada año, no exceda de la cantidad que establezca el Congreso de la Unión, así como puros y otros tabacos labrados  20.9%

H)...

I) ...

J)...

II...

III...

Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios


Artículo 2.
Al valor de los actos o actividades que a continuación se señalan, se aplicarán las tasas siguientes:

I. .......

A) Bebidas alcohólicas fermentadas 35%

..............

B) Cervezas y bebidas refrescantes con una graduación alcohólica de hasta 6º G.L. 35%

C) Cervezas y bebidas refrescantes con una graduación alcohólica de más de 6º y hasta 13.5º G.L. 35%

D) Cervezas y bebidas refrescantes con una graduación alcohólica de más de 13.5º y hasta 20º G.L. 40%

E) Cervezas y bebidas refrescantes con una graduación alcohólica de más de 20º G.L. 70%

F) Alcohol y alcohol desnaturalizado 70%

G) Tabacos labrados:

I) Cigarros 110%

II) Cigarros populares sin filtro elaborados con tabacos obscuros con tamaño máximo de 77 milímetros de longitud, cuyo precio máximo al público al 1º de enero de cada año, no exceda de la cantidad que establezca el Congreso de la Unión, así como puros y otros tabacos labrados 30.9%

 H) ......

I) ........

J) ......

2 .......

3 ........

Datos de Identificación

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