No. de Reg:  859/1PO3/02

     Con proyecto de decreto por el que se adicionan los párrafos tercero y cuarto al artículo 51 del Código Penal Federal.(Facultar al juez para reducir las penas privativas de la libertad, cuando se trate de un delincuente primario, o de delito no grave).

 

TEXTO VIGENTE

TEXTO QUE SE PROPONE

Código Penal Federal

 
Artículo 51.
Dentro de los límites fijados por la ley, los jueces y tribunales aplicarán las sanciones establecidas para cada delito, teniendo en cuenta las circunstancias exteriores …

Cuando se trate de punibilidad alternativa el juez podrá imponer, motivado su resolución, la sanción privativa de la libertad …

En los casos de los artículos 60, fracción VI, 61, 63, 64, 64 bis y 65 y en cualesquiera otros en que este Código disponga penas en proporción a las previstas …

 

  

  

No tiene correlativo

 

 

  

 

No tiene correlativo

Unico. Se adicionan los párrafos tercero y cuarto al artículo 51 del Código Penal Federal, para quedar como sigue:

Artículo 51. ...

 

 

...

 

 

 

 

 

Si se trata de un delincuente primario, de delito no grave y que, por las circunstancias y características del delito cometido, no representa un riesgo para el ofendido o para la sociedad, respecto a la pena privativa de la libertad que le correspondería conforme a este código, el juez al momento de dictar sentencia:

I. Podrá reducir hasta la mita la pena si se trata de un delincuente de escaso desarrollo cultural y de precaria situación económica.

II. Reducirá en un tercio la pena si el inculpado, al rendir su declaración preparatoria, confiesa espontánea, lisa y llanamente los hechos que se le imputan.

III. Podrá reducir hasta en una mitad la pena si el inculpado de un delito de carácter patrimonial no agravado paga espontáneamente la reparación del daño al rendir su declaración preparatoria.

Para los efectos de este artículo, el juez sólo podrá aplicar una sola de las reducciones anteriormente señaladas.

    Datos de Identificación