DIRECCIÓN DE APOYO TÉCNICO

No. de Reg: 857 /1PO3/02

1 Proyecto de Decreto:

     Con proyecto de decreto por el que se adicionan los artículos 77 Bis y 77 Ter a la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos. (Reducir las penas impuestas a los delitos de posesión, portación o transporte ilícito de un arma,“por primera vez”; así como a la introducción a territorio nacional, “por primera vez”, de un arma o municiones en cantidades superiores a las permitidas por la Ley).

2 Nombre de quien presenta: Dip. José Álvaro Vallarta Ceceña.
3 Grupo Parlamentario o Partido Político: Partido Revolucionario Institucional.
4 Fecha de presentación ante el Pleno: Diciembre 12 de 2002.
5 Fecha de Publicación en la Gaceta Parlamentaria: Diciembre 13 de 2002.
6 Turno a Comisión: Justicia y Derechos Humanos
7 Fecha de aprobación en la Cámara de Diputados:

Pendiente.

8 Fecha de aprobación en la Cámara de Senadores: Pendiente.
9 Fecha de Publicación en el Diario Oficial de la Federación: Pendiente.

     Sinopsis:

     Sancionar únicamente con el pago de multa y sin pena corporal a aquellas personas que posean, porten, transporten o introduzcan al país un arma, o municiones en cantidades superiores a las legalmente permitidas, por primera vez, sin la licencia o permiso correspondiente, siempre y cuando no hayan sido condenados por delito doloso y tengan un modo honesto de vida.

Cuadro Comparativo