No. de Reg: 855/1PO3/02 |
Con proyecto de decreto por el que se reforma la denominación del Título Tercero así como se adiciona un artículo 48 bis a la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública, a efecto de fortalecer la política preventiva del delito. (Incorporar la prevención del delito como una responsabilidad prioritaria del Sistema Nacional de Seguridad Pública). |
TEXTO VIGENTE |
TEXTO QUE SE PROPONE |
Titulo Tercero De la Participación de la Comunidad
Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública No tiene correlativo
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Artículo primero. Se reforma la denominación del Título Tercero de la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública Título Tercero De la prevención del delito y la participación de la comunidad
Artículo segundo. Se adiciona un artículo 48 bis a la Ley General que establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública. Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública Art. 48 bis. La prevención del delito constituye una responsabilidad esencial y prioritaria dentro del Sistema Nacional de Seguridad Pública, es por ello que el Consejo Nacional de Seguridad Pública deberá establecer mecanismos y procedimientos, respecto a las funciones que realice, tendientes a: I. Fomentar la cultura preventiva de la ciudadanía, involucrar al sector público y promover la participación de los sectores social y privado; II. Estudiar las conductas antisociales y los factores que las propician y elaborar programas de prevención del delito en el ámbito de su competencia; III. Promover la cooperación entre entidades federativas e instituciones nacionales e internacionales de carácter público o privado para el fortalecimiento de acciones en materia de prevención del delito; IV. Impulsar decididamente todas aquellas actividades educativas, culturales, deportivas y recreativas tendientes a alejar al individuo, de la comisión de conductas antisociales; V. Realizar programas y actividades en ciudades, comunidades o colonias, que permitan una sana convivencia social y familiar que tiendan a la erradicación de delitos; VI. Procurar la sensibilización de la opinión pública, mediante campañas permanentes de prevención del delito en los medios masivos de comunicación, promoviendo la integración familiar, la educación, la cultura, el deporte, la recreación, el civismo y todo aquello que permita alejar a la persona de la conducta delictiva; VII. Poner en práctica acciones que permitan el acercamiento de los cuerpos de seguridad hacia la sociedad para mantener confianza en estos; VIII. Establecer en coordinación con las autoridades de educación pública y privada, programas dirigidos a los educandos, a fin de que éstos se desarrollen con un alto sentido de respeto a sus semejantes, basando su conducta en los más elevados valores morales; IX. Difundir en la sociedad, preceptos legales o reglamentos que permitan el conocimiento de derechos y obligaciones de gobernados y autoridades; X. Propiciar por los medios y mecanismos necesarios, una cultura de seguridad en la sociedad, instruyéndola para que ésta cuente con los conocimientos básicos y evitar sea víctima de ilícitos; XI. Realizar acciones tendientes al apoyo mutuo entre ciudadanos, para mejorar la seguridad en el entorno social; XII. Instrumentar proyectos tendientes a la profesionalización de los agentes del ministerio público, de los miembros de las instituciones policiales, del personal del sistema penitenciario y demás autoridades en materia de prevención del delito, promoviendo una mayor complementación entre estas instituciones y el ciudadano; XIII. Impulsar el apoyo de la sociedad hacia las corporaciones policiales, a través de acciones directas o de información oportuna que permitan la detección o prevención de ilícitos; XIV. Las demás que se consideren necesarias, ya sea a propuesta de las autoridades o de la propia sociedad civil. |