No. de Reg: 804/1PO3/02 |
Con proyecto de decreto por el que se reforma y adiciona la fracción XXIX-C del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (Facultar al Congreso de la Unión para legislar en materia de asentamientos humanos, desarrollo urbano, ordenamiento del territorio y Sistemas Metropolitanos). |
TEXTO VIGENTE |
TEXTO QUE SE PROPONE |
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo 73. El Congreso tiene facultad; De I a XXIX-B… XXIX-C, para expedir las Leyes que establezcan la concurrencia del Gobierno Federal, de los estados y municipios, en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de asentamientos humanos, con objeto de cumplir los fines previstos en el párrafo Tercero del Artículo 27 de esta Constitución;
De XXIX-D a XXX. |
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 73. El Congreso tiene facultad;
XXIX-C, para expedir las Leyes que establezcan la concurrencia del Gobierno Federal de los Estados y Municipios en el ámbito de sus respectivas competencias, en materia de asentamientos humanos, desarrollo urbano, ordenamiento del territorio y sobre sistemas metropolitanos con objeto de cumplir los fines previstos en el Párrafo Tercero del Artículo 27 de esta Constitución. |
Datos de Identificación