No. de Reg: 788/1PO3/02

     Con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 39 del Código Fiscal de la Federación, con el propósito de que se otorguen estímulos fiscales a pequeños y medianos empresarios. (Otorgar incentivos fiscales a las micro y pequeñas empresas en la adquisición de activos fijos e inmuebles).

 

TEXTO VIGENTE

TEXTO QUE SE PROPONE

Código Fiscal de la Federación

 

Artículo 39

El Ejecutivo Federal mediante resoluciones de carácter general podrá:

I. ...

II. ...

III. ...
 

No tiene correlativo

  

Artículo Primero. Se adiciona la fracción IV al artículo 39 del Código Fiscal de la Federación, para quedar como sigue:

 
Artículo 39

El Ejecutivo Federal mediante resoluciones de carácter general podrá:

I. ...

II. ...

III. ...

IV. Otorgar un plazo de hasta treinta días a las empresas micro y pequeñas, con la finalidad de regularizar su situación fiscal.

 


Artículo 39

El Ejecutivo Federal mediante resoluciones de carácter general podrá:

I. ...

II. ...

III. Conceder subsidios o estímulos fiscales.

Las resoluciones que conforme a este artículo dicte el Ejecutivo Federal, deberán señalar las contribuciones a que se refieren, salvo que se trate de estímulos fiscales, así como, el monto o proporción de los beneficios, plazos que se concedan y los requisitos que deban cumplirse por los beneficiados.

Artículo Segundo. Se reforma la fracción III del artículo 39 del Código Fiscal de la Federación, para quedar como sigue:

Artículo 39

El Ejecutivo Federal mediante resoluciones de carácter general podrá:

I. ...

II. ...

III. Conceder subsidios o estímulos fiscales a través de reglas que al efecto dicte la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por medio del Servicio de Administración Tributaria, en la adquisición de activos fijos e inmuebles para ser utilizados en las actividades productivas de las micro y pequeñas empresas.

 

 

T r a n s i t o r i o

Unico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

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