No. de Reg: 788/1PO3/02 |
Con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 39 del Código Fiscal de la Federación, con el propósito de que se otorguen estímulos fiscales a pequeños y medianos empresarios. (Otorgar incentivos fiscales a las micro y pequeñas empresas en la adquisición de activos fijos e inmuebles). |
TEXTO VIGENTE |
TEXTO QUE SE PROPONE |
Código Fiscal de la Federación
Artículo 39 El Ejecutivo Federal mediante resoluciones de carácter general podrá: I. ... II. ... III. ... No tiene correlativo
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Artículo Primero. Se adiciona la fracción IV al artículo 39 del Código Fiscal de la Federación, para quedar como sigue: El Ejecutivo Federal mediante resoluciones de carácter general podrá: I. ... II. ... III. ... IV. Otorgar un plazo de hasta treinta días a las empresas micro y pequeñas, con la finalidad de regularizar su situación fiscal. |
El Ejecutivo Federal mediante resoluciones de carácter general podrá: I. ... II. ... III. Conceder subsidios o estímulos fiscales. Las resoluciones que conforme a este artículo dicte el Ejecutivo Federal, deberán señalar las contribuciones a que se refieren, salvo que se trate de estímulos fiscales, así como, el monto o proporción de los beneficios, plazos que se concedan y los requisitos que deban cumplirse por los beneficiados. |
Artículo Segundo. Se reforma la fracción III del artículo 39 del Código Fiscal de la Federación, para quedar como sigue: Artículo 39 El Ejecutivo Federal mediante resoluciones de carácter general podrá: I. ... II. ... III. Conceder subsidios o estímulos fiscales a través de reglas que al efecto dicte la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, por medio del Servicio de Administración Tributaria, en la adquisición de activos fijos e inmuebles para ser utilizados en las actividades productivas de las micro y pequeñas empresas.
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T r a n s i t o r i o Unico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. |