No. de Reg: 701/1PO3/02 |
Con proyecto de decreto de reforma que adiciona un tercer párrafo al artículo 73, fracción XXI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. (Concurrencia de la Federación y las entidades federativas en delitos federales y comunes). |
TEXTO VIGENTE |
TEXTO QUE SE PROPONE |
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Sección III
De las Facultades del Congreso
Artículo 73.- El Congreso tiene facultad:
I a XX.- ...
XXI.- Para establecer los delitos y faltas contra la Federación y fijar los castigos que por ellos deban imponerse. Las autoridades federales podrán conocer también de los delitos del fuero común, cuando éstos tengan conexidad con delitos federales;
No tiene correlativo
De la XXII a la XXX |
Artículo Unico.- Anexa un tercer párrafo al artículo 73, fracción XXI, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Sección III
De las Facultades del Congreso
Artículo 73.- El Congreso tiene facultad:
I a XX.- ...
XXI.- Para establecer los delitos y faltas contra la Federación y fijar los castigos que por ellos deban imponerse. Las autoridades federales podrán conocer también de los delitos del fuero común cuando éstos tengan conexidad con delitos federales;
Las autoridades de los estados conocerán de los delitos del fuero federal cuando concurran con delitos comunes de mayor gravedad punitiva;
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