No. de Reg: 697/1PO3/02

     Con proyecto de decreto mediante el cual se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Radio y Televisión.

 

TEXTO VIGENTE

TEXTO QUE SE PROPONE

 


Artículo 67
.- La propaganda comercial que se transmita por la radio y la televisión se ajustará a las siguientes bases:

I a la IV…

Artículo Único. Se adiciona el inciso V del artículo 67 de la Ley Federal de Radio y Televisión, para quedar como sigue:

Artículo 67...

 

I a la IV...

V. Queda expresamente prohibido dar publicidad, promocionar y mercadear a los centros de apuestas, juegos de números y de azar.

 

 

Transitorios

Primero. El Ejecutivo federal realizará en un plazo no mayor a 60 días las reformas concernientes al Reglamento de la Ley Federal de Radio y Televisión y de la Ley de la Industria Cinematográfica.

Segundo. Este decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

 Datos de Identificación