No. de Reg: 660/1PO3/02

     Con proyecto de decreto que adiciona el artículo 135 bis de la Ley General de Salud, con el propósito de favorecer la prevención, detención y reducción de la tasa de incidencia del SIDA.

 

TEXTO VIGENTE

TEXTO QUE SE PROPONE

Ley General de Salud

 

 

 

 

  

 

No tiene correlativo

     Artículo Primero. Se adiciona el artículo 135 Bis de la Ley General de Salud, para quedar como sigue:

 

 

     Artículo 135 Bis.

     Con el propósito de favorecer la prevención, detención y reducción de la tasa de incidencia del síndrome de inmunodeficiencia adquirida, así como el control de los enfermos y reducir las complicaciones asociadas a este padecimiento, la Secretaría de Salud proporcionará el preservativo condón masculino y femenino de manera gratuita, en establecimientos públicos de salud, a los habitantes del país que así lo requieran, regidos por criterios de universalidad y de gratuidad, garantizando su existencia permanente y disponibilidad, en coordinación con las autoridades competentes.

 

Transitorio

     Unico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

 

Datos de Identificación