No. de Reg: 649/1PO3/02

Proyecto de decreto que reforma el artículo 26 de la Ley General de Bienes Nacionales.

 

TEXTO VIGENTE

TEXTO QUE SE PROPONE

Ley General de Bienes Nacionales

 



Artículo 26.-
Las concesiones sobre bienes de dominio público…..

……

 

 No tiene correlativo

Artículo Unico. Se adiciona un último párrafo al artículo 26 de la Ley General de Bienes Nacionales, para quedar de la siguiente manera:

 

"Artículo 26. ....

..............

Independientemente del proceso de rescate establecido, quedarán a salvo los derechos del Gobierno Federal de fincar responsabilidad al concesionario para el caso de que el rescate hubiere sido necesario por mala administración o imprudencia, malos manejos, corrupción, desvío de fondos, o cualquier otra irregularidad causada por el mismo concesionario."

 

Transitorios

Artículo Primero.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo Segundo.- Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto.

Datos de Identificación