No. de Reg: 616/2CP2/02

     Con proyecto de decreto por el que se reforma el inciso f) del artículo 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.
 

TEXTO VIGENTE

TEXTO QUE SE PROPONE

Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos


Artículo 45.-

1 a 5. …

6. Las comisiones tendrán las tareas siguientes:

a) a e) …

f) Dictaminar, atender o resolver las iniciativas, proyectos y proposiciones turnadas a las mismas en los términos de los programas legislativos acordados por la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos y

 

 

g) Realizar las actividades que se deriven de esta Ley. …

Artículo Único.- Se reforma el inciso f) del artículo 45 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 45.-

1. a 5. ...

6. Las Comisiones tendrán las tareas siguientes:

a) a e) ...

f) Dictaminar, atender o resolver las iniciativas, proyectos proposiciones turnadas a las mismas en los términos de los programas legislativos acordados por la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos.

Las sesiones de las Comisiones que tengan por objeto analizar, discutir y en su caso aprobar dictámenes, serán abiertas, públicas y transmitidas por el Canal del Congreso.

g) ...

Transitorios.-

Único.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Datos de Identificación

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