No. de Reg: 608/2CP2/02

1 Proyecto de Decreto:      Con proyecto de Reglamento para la Transparencia y el Acceso a la Información de la Cámara de Diputados.
2 Nombre de quien presenta: Diputado: Alejandro Zapata Perogordo.
3 Grupo Parlamentario o Partido Político: Partido Acción Nacional.
4 Fecha de presentación ante el Pleno: Junio 26 de 2002
5 Fecha de Publicación en la Gaceta Parlamentaria: Junio 28 de 2002
6 Turno a Comisión: Gobernación y Seguridad Pública.
7 Fecha de aprobación en la Cámara de Diputados: Pendiente.
8 Fecha de aprobación en la Cámara de Senadores: Pendiente.
9 Fecha de Publicación en el Diario Oficial de la Federación: Pendiente.
 
     Sinopsis:

     La iniciativa propone expedir el Reglamento para la Transparencia y el Acceso a la Información de la Cámara de Diputados, con el objeto de que toda persona tenga acceso a la información de la propia Cámara, en cumplimiento del artículo cuarto transitorio de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental,

     Son sujetos de la Ley:

     1. La Mesa Directiva y su presidencia, los grupos parlamentarios y sus coordinadores, la Junta de Coordinación Política y su Presidente, la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos, las Comisiones Ordinarias, Comisiones Especiales y los Comités, sus Mesas Directivas y sus presidentes, la Auditoria Superior de la Federación y su titular, la Secretaría General, las Secretarías de Servicios Parlamentarios y de Servicios Administrativos y Financieros, la Coordinación de Comunicación Social, los Centros de Estudios de las Finanzas Públicas; de Derecho e Investigaciones Parlamentarias; de Estudios Sociales y de Opinión Pública y sus respectivos directores, las demás unidades administrativas establecidas para la prestación de servicios parlamentarios, administrativos y financieros de la Cámara.

     2.- Establece los criterios y procedimientos de la información reservada, confidencial y protección de datos personales.

     3.- El Órgano que se encarga de aplicar el Reglamento es la Conferencia para la Dirección de los Trabajos Legislativos.