No. de Reg: 608/2CP2/02 |
1 | Proyecto de Decreto: | Con proyecto de Reglamento para la Transparencia y el Acceso a la Información de la Cámara de Diputados. |
2 | Nombre de quien presenta: | Diputado: Alejandro Zapata Perogordo. |
3 | Grupo Parlamentario o Partido Político: | Partido Acción Nacional. |
4 | Fecha de presentación ante el Pleno: | Junio 26 de 2002 |
5 | Fecha de Publicación en la Gaceta Parlamentaria: | Junio 28 de 2002 |
6 | Turno a Comisión: | Gobernación y Seguridad Pública. |
7 | Fecha de aprobación en la Cámara de Diputados: | Pendiente. |
8 | Fecha de aprobación en la Cámara de Senadores: | Pendiente. |
9 | Fecha de Publicación en el Diario Oficial de la Federación: | Pendiente. |
Sinopsis:
La iniciativa
propone expedir el Reglamento para la Transparencia y el Acceso a la
Información de la Cámara de Diputados, con el objeto de que toda persona
tenga acceso a la información de la propia Cámara, en cumplimiento del
artículo cuarto transitorio de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la
Información Pública Gubernamental,
Son sujetos de la Ley: 1. La Mesa Directiva y su
presidencia, los grupos parlamentarios y sus coordinadores, la Junta de
Coordinación Política y su Presidente, la Conferencia para la Dirección y
Programación de los Trabajos Legislativos, las Comisiones Ordinarias,
Comisiones Especiales y los Comités, sus Mesas Directivas y sus presidentes,
la Auditoria Superior de la Federación y su titular, la Secretaría General,
las Secretarías de Servicios Parlamentarios y de Servicios Administrativos y
Financieros, la Coordinación de Comunicación Social, los Centros de Estudios
de las Finanzas Públicas; de Derecho e Investigaciones Parlamentarias; de
Estudios Sociales y de Opinión Pública y sus respectivos directores, las
demás unidades administrativas establecidas para la prestación de servicios
parlamentarios, administrativos y financieros de la Cámara. 2.- Establece los criterios y
procedimientos de la información reservada, confidencial y protección de
datos personales. 3.- El Órgano que se encarga
de aplicar el Reglamento es la Conferencia para la Dirección de los Trabajos
Legislativos. |