No. de Reg: 600/2CP2/02
Con proyecto de decreto que reforma la fracción XIX del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. |
TEXTO VIGENTE |
TEXTO QUE SE PROPONE |
Cónstitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículo 89.- Las facultades y obligaciones del Presidente son las siguientes: I a XVIII.
XX.- Las demas que le confiere expresamente esta Constitución. |
I. a XVIII. ... XIX.- Abstenerse durante el ejercicio de sus funciones de aceptar o recibir cualquier empleo, cargo o comisión, que procedan de cualquier persona física o moral cuyas actividades profesionales, comerciales o industriales se encuentren vinculadas, reguladas o supervisadas por el servicio público de que se trate en el desempeño de su empleo, cargo o comisión y que implique intereses en conflicto. Esta prohibición también es aplicable una vez terminado el mandato. XX. ... |
Transitorio Unico.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. |