No. de Reg: 596/2CP2/02
Iniciativa con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
TEXTO VIGENTE | TEXTO QUE SE PROPONE |
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Artículo 71.- El derecho de iniciar leyes……
|
Artículo Unico.- Se reforma el artículo 71 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos para quedar como sigue: Artículo 71.- El derecho de iniciar leyes o decretos compete:
|
T r a n s i t o r i o s Unico.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. |