No. de Reg: 462/2PO2/02 |
Iniciativa con proyecto de decreto que reforma la fracción XXIII del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para otorgarle al Congreso Federal la facultad de legislar en todo lo relativo a la Segubridad Pública en materia federal. |
TEXTO VIGENTE | TEXTO QUE SE PROPONE |
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Capítulo II Del Poder Legislativo Sección III De las Facultades del Congreso Artículo 73: El Congreso tiene facultad: I. al XXII. .. XXIII. Para expedir leyes que establezcan las bases de coordinación entre la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, en materia de seguridad pública; así como para la organización y funcionamiento, el ingreso, selección, promoción y reconocimiento de los integrantes de las instituciones de seguridad pública en el ámbito federal; |
Artículo Primero. Se reforma la fracción XXIII del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue: Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos Capítulo II Del Poder Legislativo Sección III De las Facultades del Congreso Artículo 73: ..... I. al XXII. .. XXIII. Para legislar en todo lo relativo a la Seguridad Pública en materia federal.
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Transitorios Unico. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. |