DIRECCIÓN DE APOYO TÉCNICO

   No. de Reg: 313/1O2/01    

1 Proyecto de Decreto: Con proyecto de decreto por el que se adiciona al artículo 33-A, tres párrafos y se adiciona un nuevo artículo 33-C, a la Ley para Regular las Agrupaciones Financieras.
2 Nombre de quien presenta: Diputado: Eduardo Abraham Leines Barrera.
3 Grupo Parlamentario o Partido Político: Partido Revolucionario Institucional.
4 Fecha de presentación ante el Pleno: Noviembre 27 de 2001.
5 Fecha de Publicación en la Gaceta Parlamentaria: Noviembre 28 de 2001. 
6 Turno a Comisión: Hacienda y Crédito Público.
7 Fecha de aprobación en la Cámara de Diputados: Diciembre 27de 2001
8 Fecha de aprobación en la Cámara de Senadores: Noviembre 11 de 2001.
9 Fecha de Publicación en el Diario Oficial de la Federación: Enero 15 de 2002.
 
     Sinopsis:

     Establecer que las sociedades de información crediticia, no podrán conservar en su registro, por un término mayor a 3 años, la información negativa sobre operaciones activas que guarden en sus bases de datos, y no podrán bajo ningún motivo, hacer mención de dicha información cuando, transcurrido el citado lapso, les sea requerida sobre alguna persona física o moral, lo anterior siempre y cuando el acreditado haya cubierto en su totalidad los adeudos correspondientes”.

Cuadro Comparativo