DIRECCIÓN DE APOYO TÉCNICO

No. de Reg: 003/1PO1/00

Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona disposiciones Transitorias a la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

TEXTO VIGENTE

TEXTO QUE SE PROPONE

 

Decreto que adiciona disposiciones transitorias a la Ley del Impuesto Sobre la Renta.

     Artículo Único: A partir del primero de enero del año 2001 se exime del pago del impuesto sobre la renta, durante un período de diez años, a las empresas que realicen de manera exclusiva o preponderante las actividades siguientes:

     a)  Tratamiento de aguas industriales y municipales

     b) Tratamiento de residuos sólidos municipales;
     c) Reciclaje de residuos industriales;

     d) Tratamiento de residuos peligrosos, biológico-infecciosos y/o tóxicos;

     e) Generación de energía eléctrica a partir de fuentes alternativas de energía: geotérmica, hídrica, fotovoltáica, eólica y combinadas;

     f) Producción de vehículos automotores que utilicen energía de fuentes no fósiles, y

   g) Todas aquellas consideradas prioritarias contempladas en el artículo 22 Bis. de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, previa autorización de la Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca.

     La exención a que se refiere el primer párrafo será del 100% durante el primer año y en forma decreciente escalonada del 10% anual, hasta llegar al 10% en el décimo.

     No se considerará la exención para efectos del cálculo de las utilidades a los trabajadores.  

Datos de Identificación

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