No. de Reg: 003/1PO1/00 |
Iniciativa con proyecto de decreto que adiciona disposiciones Transitorias a la Ley del Impuesto Sobre la Renta. |
TEXTO VIGENTE |
TEXTO QUE SE PROPONE |
Decreto que adiciona disposiciones transitorias a la Ley del Impuesto Sobre la Renta. Artículo Único: A partir del primero de enero del año 2001 se exime del pago del impuesto sobre la renta, durante un período de diez años, a las empresas que realicen de manera exclusiva o preponderante las actividades siguientes: a) Tratamiento de aguas industriales y municipales b) Tratamiento de residuos sólidos municipales; d) Tratamiento de residuos peligrosos, biológico-infecciosos y/o tóxicos; e) Generación de energía eléctrica a partir de fuentes alternativas de energía: geotérmica, hídrica, fotovoltáica, eólica y combinadas; f) Producción de vehículos automotores que utilicen energía de fuentes no fósiles, y g) Todas aquellas consideradas prioritarias contempladas en el artículo 22 Bis. de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, previa autorización de la Secretaría de Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca. La exención a que se refiere el primer párrafo será del 100% durante el primer año y en forma decreciente escalonada del 10% anual, hasta llegar al 10% en el décimo. No se considerará la exención para efectos del cálculo de las utilidades a los trabajadores. |