No. de Reg:     241/1PO2/01

1 Proyecto de Decreto:     Con proyecto de decreto por el que se derogan el párrafo primero del artículo 115 y el artículo 116 bis, ambos de la Ley de Instituciones de Crédito; se derogan los párrafos cuarto y quinto del artículo 400 bis del Código Penal Federal y se reforma la fracción VIII del artículo 194 del Código Federal de Procedimientos Penales 
2 Nombre de quien presenta: Dip.  Juan Carlos Regis Adame.
3 Grupo Parlamentario o Partido Político:

Partido del Trabajo.

4 Fecha de presentación ante el Pleno: Octubre 18, 2001.
5 Fecha de Publicación en la Gaceta Parlamentaria: Octubre 19, 2001.
6 Turno a Comisión:

Justicia y Derechos Humanos.

7 Fecha de aprobación en la Cámara de Diputados:

Pendiente.

8 Fecha de aprobación en la Cámara de Senadores:

Pendiente.

9 Fecha de Publicación en el Diario Oficial de la Federación:

Pendiente.

 
Sinopsis:

    1. Derogar el párrafo primero del artículo 115 de la Ley de Instituciones de Crédito, que establece el requisito de procedibilidad, consistente en la petición a la Secretaría de Hacienda de la institución de crédito de que se trate o de los intereses jurídicos para proceder ante el Ministerio Público.
   2. Derogar el artículo 116 bis de la misma Ley, que contiene reglas de prescripción de los delitos bancarios que son diferentes y menores a los que se establecen en los artículos 100 al 103 del Capítulo VI del Título Quinto del Código Penal Federal.
  3. Derogar los párrafos cuarto y quinto del artículo 400 bis de este último ordenamiento, que establece el requisito de denuncia previa por parte de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para poder investigar los delitos en los que se utilicen servicios de instituciones que integran el sistema financiero.

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