No. de Reg: 224/1PO2/01 |
Iniciativa con proyecto de decreto que reforma, adiciona y deroga diversos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. |
TEXTO VIGENTE | TEXTO QUE SE PROPONE |
Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos
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Iniciativa de
decreto que reforma, adiciona y deroga diversos artículos de la Constitución Política
de los Estados Unidos Mexicanos para quedar como sigue: Artículo Unico.- Se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de los artículos 73, 76, 89 y 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículo 73.- ... |
Artículo 76.-
... I.- Analizar la política exterior desarrollada por el Ejecutivo Federal con base en los informes anualesque el Presidente de la República y el Secretarío del despacho correspondiente rindan al Congreso; además, aprobar los tratados internacionales y convenciones diplomáticas que celebre el Ejecutivo de la Unión; II. a X. ...
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Artículo 76.-
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Artículo 89.-
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Artículo 89.-
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Artículo 133. Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el presidente de la republica, con aprobación del senado, serán la ley suprema de toda la unión. Los jueces de cada estado se arreglaran a dicha constitución, leyes y tratados, a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las constituciones o leyes de los estados.
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Artículo 133.- Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el Presidente de la República, previa aprobación del Congreso, serán la Ley Suprema de toda la Unión. Los jueces de cada estado se arreglarán a dicha Constitución, leyes y tratados, a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las constituciones o leyes de los estados. |
Transitorio Unico.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
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