DIRECCIÓN DE APOYO TÉCNICO

No. de Reg: 016/1PO1/00

     Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se Reforman y Adicionan los artículos 39, numeral 2 y 43, numeral 1, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

 

TEXTO VIGENTE

TEXTO QUE SE PROPONE

 

 

 

 

Artículo 39.

1. ...

2. La Cámara de Diputados cuenta con comisiones ordinarias que se mantienen de legislatura a legislatura y son las siguientes:

I. Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural;

II. Asuntos Indígenas;

III. Atención a Grupos Vulnerables;

IV. Comercio y Fomento Industrial;

V. Comunicaciones y Transportes;

VI. Defensa Nacional;

VII. Desarrollo Social y Vivienda;

VIII. Educación Pública, Cultura y Ciencia y Tecnología;

IX. Energía;

X. Equidad y Género;

XI. Fomento Cooperativo y Economía Social;

XII. Gobernación, Población y Seguridad Pública;

XIII. Hacienda y Crédito Público;

XIV. Justicia y Derechos Humanos;

XV. Marina;

XVI. Medio Ambiente, Recursos Naturales y Pesca;

XVII. Presupuesto y Cuenta Pública;

XVIII. Puntos Constitucionales y Sistema Federal;

XIX. Reforma Agraria;

XX. Relaciones Exteriores;

XXI. Salud y Seguridad Social;

XXII. Trabajo y Previsión Social y

XXIII. Turismo.

3. Las comisiones ordinarias establecidas en el párrafo anterior, tienen a su cargo tareas de dictamen legislativo, de información y de control evaluatorio conforme a lo dispuesto por el párrafo primero del artículo 93 constitucional y su competencia se corresponde en lo general con las otorgadas a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal.

Decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 39, numeral 2, y 43, numeral 1, de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

ARTICULO UNICO.- Se reforma y adiciona el numeral 2 del artículo 39 y se reforma el numeral 1 del artículo 43, ambos de la Ley Orgánica del Congreso general de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar en los siguientes términos:

Artículo 39.- .............

1. ............

2. La Cámara de Diputados cuenta con comisiones ordinarias que se mantienen de legislatura a legislatura y son las siguientes:

I. Agricultura y Ganadería
II. Asuntos Indígenas
III. Atención a Grupos Vulnerables
IV. Ciencia y Tecnología
V. Comercio y Fomento Industrial
VI. Comunicaciones
VII. Cultura
VIII. Defensa Nacional
IX. Desarrollo Rural
X. Desarrollo Social

XI. Distrito Federal
XII. Educación Pública
XIII. Energía
XIV. Equidad y Género
XV. Fomento Cooperativo y Economía Social
XVI. Fortalecimiento del Federalismo
XVII. Gobernación y Seguridad Pública
XVIII. Hacienda y Crédito Público
XIX. Jurisdiccional
XX. Justicia y Derechos Humanos

XXI. Juventud y Deporte
XXII. Marina
XXIII. Medio Ambiente y Recursos Naturales
XXIV. Participación Ciudadana
XXV. Pesca
XXVI. Población, Fronteras y Asuntos Migratorios
XXVII. Presupuesto y Cuenta Pública
XXVIII. Puntos Constitucionales
XXIX. Radio, Televisión y Cinematografía
XXX. Recursos Hidráulicos

XXXI. Reforma Agraria
XXXII. Reglamentos y Prácticas Parlamentarias
XXXIII. Relaciones Exteriores
XXXIV. Salud
XXXV. Seguridad Social
XXXVI. Trabajo y Previsión Social
XXXVII. Transportes
XXXVIII. Turismo
XXXIX. Vigilancia de la Contaduría Mayor de Hacienda, y
XL. Vivienda

 

Fe de erratas publicada en la Gaceta Parlamentaria el 3 de octubre del 2000:

XII. Educación Pública.

Debe decir:

XII. Educación Pública y Servicios Educativos.

Artículo 43.

1. Las comisiones ordinarias se constituyen durante el primer mes de ejercicio de la legislatura, tendrán hasta 30 miembros y el encargo de sus integrantes será por el término de la misma. Ningún diputado pertenecerá a más de dos de ellas; para estos efectos, no se computará la pertenencia a las comisiones jurisdiccional y a las de investigación.

2. a 6. ...

Artículo 43.-

1. Las comisiones ordinarias se constituyen durante el primer mes de ejercicio de la legislatura, tendrán hasta treinta miembros y el encargo de sus integrantes será por el término de la misma. Los diputados podrán pertenecer hasta tres de ellas; para estos efectos, no se computará la pertenencia a las comisiones jurisdiccional y las de investigación.

2 a 6. ...........

Datos de Identificación