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DIRECCIÓN DE APOYO TÉCNICO

 

Con proyecto de decreto que deroga el artículo transitorio decimosexto del decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio Fiscal 2002.

TEXTO VIGENTE

TEXTO QUE SE PROPONE

Ley del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2002.

 

Primero al décimo quinto. …


Artículo Décimo Sexto.- El Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de Desarrollo Social, deberá celebrar a más tardar el último día hábil de marzo, convenios de reasignación con las entidades federativas. …

Décimo Séptimo al Décimo Noveno

Artículo Unico.- Se deroga el artículo décimo sexto transitorio del Presupuesto de Egresos de la Federación para quedar como sigue:

Transitorios

Primero al décimo quinto.

Décimo sexto. Se deroga.

 

 


Décimo séptimo al décimo noveno

Transitorios

Primero.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Segundo.- El Instituto Nacional Indigenista será el responsable de cumplir con las obligaciones que la ley le otorga.

ARUH.

REGRESAR

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