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Iniciativa con proyecto de decreto que reforma la fracción XXIII del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para otorgarle al Congreso Federal la facultad de legislar en todo lo relativo a la Segubridad Pública en materia federal. Diputado: Omar Fayad Meneses (PRI). Publicación en la Gaceta Parlamentaria: Abril 2 de 2002.

 

TEXTO VIGENTE TEXTO QUE SE PROPONE
 

 

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Capítulo II

Del Poder Legislativo

Sección III

De las Facultades del Congreso

Artículo 73:

El Congreso tiene facultad:

I. al XXII. …..

XXIII. Para expedir leyes que establezcan las bases de coordinación entre la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, en materia de seguridad pública; así como para la organización y funcionamiento, el ingreso, selección, promoción y reconocimiento de los integrantes de las instituciones de seguridad pública en el ámbito federal;

Artículo Primero. Se reforma la fracción XXIII del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Capítulo II

Del Poder Legislativo

Sección III

De las Facultades del Congreso

Artículo 73:

.....

I. al XXII. …..

XXIII. Para legislar en todo lo relativo a la Seguridad Pública en materia federal.

 

 

 

Transitorios

Unico. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

 

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