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DIRECCIÓN GENERAL DE APOYO PARLAMENTARIO

DIRECCIÓN DE APOYO TÉCNICO

INICIATIVAS PRESENTADAS EN EL SEGUNDO PERÍODO ORDINARIO DEL SEGUNDO AÑO DE EJERCICIO

Con proyecto de decreto de reformas al artículo 41 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y a los artículos 1, 4, 6, 36, 38, 69, 82, 83, 84, 86 y 117 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

TEXTO VIGENTE

TEXTO QUE SE PROPONE

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

 

Artículo 41.- El pueblo ejerce su soberanía por medio de los Poderes de la Unión, en los casos de la competencia de éstos, y por los de los Estados, en lo que toca a sus regímenes interiores, en los términos respectivamente establecidos por la presente Constitución Federal y las particulares de los Estados, las que en ningún caso podrán contravenir las estipulaciones del Pacto Federal.

I …

II…

a) a c)…

III…

….

….

….

….

….

….

El Instituto Federal Electoral tendrá a su cargo en forma integral y directa, además de las que le determine la ley, las actividades relativas a la capacitación y educación cívica, geografía electoral, los derechos y prerrogativas de las agrupaciones y de los partidos políticos, al padrón y lista de electores, impresión de materiales electorales, preparación de la jornada electoral, los cómputos en los términos que señale la ley, declaración de validez y otorgamiento de constancias en las elecciones de diputados y senadores, cómputo de la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos en cada uno de los distritos electorales uninominales, así como la regulación de la observación electoral y de las encuestas o sondeos de opinión con fines electorales. Las sesiones de todos los órganos colegiados de dirección serán públicas en los términos que señale la ley.

IV….

Artículo Primero. Se reforma la fracción tercera del artículo 41 constitucional para quedar como sigue:


Artículo 41.
...

 


 

 

...

I. ...

II. ...

...

...

...

...

...

...

...

...

 

 

 

El Instituto Federal Electoral tendrá a su cargo en forma integral y directa, además de las que determine la ley, la organización de las elecciones internas de los partidos políticos y sindicatos nacionales, las actividades relativas ... términos que señale la ley.

Código Federal de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales

 

Artículo 1.

1…

2. Este Código reglamenta las normas constitucionales relativas a:

a) a c)…

 

Artículo Segundo. Se adiciona el inciso e) al numeral 2 del artículo Primero del Código Federal de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales para quedar como sigue:

Artículo 1.

...

Este Código reglamenta las normas constitucionales relativas a:

a) al inciso d) ...

e) La función estatal de organizar las elecciones internas de los partidos políticos y de los sindicatos nacionales.

 

 


Artículo 4

1. Votar en las elecciones constituye un derecho y una obligación del ciudadano que se ejerce para integrar los órganos del Estado de elección popular.

2 y 3…

 

Artículo Tercero.- Se adiciona el numeral primero del artículo 4 del Código Federal de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales para quedar como sigue:

Artículo 4.

1.- Votar en las elecciones constituye un derecho y una obligación del ciudadano que se ejerce para integrar los órganos del Estado de elección popular, así como también en el caso de los militantes y agremiados votar para integrar los diversos cargos de los partidos políticos y los sindicatos nacionales.

2…

3...

 

 


Artículo 6

1. Para el ejercicio del voto los ciudadanos deberán satisfacer, además de los que fija el artículo 34 de la Constitución, los siguientes requisitos:

a) Estar inscritos en el Registro Federal de Electores en los términos dispuestos por este Código; y

 

b)..

2...

Artículo Cuarto. Se adiciona el inciso a) del numeral 1 del artículo 6 del Código Federal de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales para quedar como sigue:

Artículo 6.

I. Para el ejercicio del voto los ciudadanos deberán satisfacer, además de los que fija el artículo 34 de la Constitución, los siguientes requisitos:

a) Estar inscritos en el Registro Federal de Electores en los términos dispuestos por este Código, y en el caso de las elecciones internas de los partidos políticos y de los sindicatos nacionales deberán además, exhibir su credencial de militantes o agremiados.

b) ...

2...
 

 

 

 

Artículo 36

1. Son derechos de los partidos políticos nacionales:

a) a j)…

k) Los demás que les otorgue este Código.

Artículo Quinto. Se adiciona el inciso l) y se modifica el inciso k) del numeral l, se adiciona el numeral 2 al artículo 36 del Código Federal de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales para quedar como sigue:

Artículo 36.

1. Son derechos de los partidos políticos nacionales:

a) al inciso j) ...

k) Gozar del apoyo del Instituto Federal Electoral si así lo disponen, para la realización de sus elecciones internas, corriendo los gastos que se originen, por cuenta de los mismos.

l) Los demás que le otorgue este Código.

2.- Son derechos de los sindicatos nacionales:

a) Gozar del apoyo del Instituto Federal Electoral si así lo disponen, para la realización de sus elecciones internas, corriendo los gastos que se originen, por cuenta de los mismos.

 

 

 

Artículo 38.-

1. Son obligaciones de los partidos políticos nacionales:

a) a r)…

s) Las demás que establezca este Código.

 

 


2…

 

Artículo Sexto. Se adiciona el inciso t) y se modifica el inciso s) del numeral 1, se adiciona el numeral 3 al artículo 38 del Código Federal de Instituciones Políticas y Procedimientos Electorales para quedar como sigue:

Artículo 38.

1. Son obligaciones de los partidos políticos nacionales:

a) al inciso r) ...

s) Aceptar las resoluciones y acuerdos que emita el Instituto Federal Electoral respecto a sus elecciones internas, dejando a salvo el derecho de impugnación a los candidatos que pudieran sentirse agraviados.

t) Las demás que establezca este Código.

2 ...

3. Son obligaciones de los sindicatos nacionales.

a) Aceptar las resoluciones y acuerdos que emita el Instituto Federal Electoral respecto a sus elecciones internas, dejando a salvo el derecho de impugnación a los candidatos que pudieran sentirse agraviados.

 

 

 

Artículo 69.

1.- Son fines del Instituto:

a) al inciso g) ...

 

 

2....

3....

Artículo Séptimo. Se adiciona el inciso h) al numeral 1 del artículo 69 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

Artículo 69.

1.- Son fines del Instituto:

a) al inciso g) ...

h) Contribuir a la celebración de las elecciones internas de los partidos políticos y de los sindicatos nacionales.

2....

3....

 

 


Artículo 82.

El Consejo General tiene las siguientes atribuciones:

a) al inciso z) ...

2...

Artículo Octavo. Se adiciona con el numeral 3 al artículo 82 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales para quedar como sigue:

Artículo 82.

El Consejo General tiene las siguientes atribuciones:

a) al inciso z) ...

2...

3.- El Consejo General en el caso de las elecciones internas de los partidos políticos y sindicatos nacionales tiene las siguientes atribuciones:

a) Registrar las candidaturas de las elecciones internas nacionales que presenten los partidos políticos y los sindicatos nacionales.

b) Efectuar el cómputo total de la elección para las dirigencias nacionales, hacer la declaración de validez y otorgar las constancias respectivas.

c) Resolver los recursos de revisión que se presenten.

d) Dictar los acuerdos necesarios para hacer efectivas las anteriores atribuciones, y los que se requieran en los procesos internos de elección de los partidos y sindicatos nacionales.

 

 


Artículo 83.

I. Corresponden al Presidente del Consejo General las atribuciones siguientes.

a) a p) ...

Artículo Noveno. Se adiciona con el numeral 2 el artículo 83 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, para quedar como sigue:

Artículo 83.

I. Corresponden al Presidente del Consejo General las atribuciones siguientes.

a) al inciso o) ...

2. Corresponden al Presidente del Consejo General en el caso de las elecciones internas de los partidos políticos y los sindicatos nacionales las siguientes atribuciones:

a) Recibir de los partidos políticos y de los sindicatos nacionales las solicitudes de registro de los candidatos a las dirigencias nacionales.

b) Ordenar previo acuerdo del Consejo General, la realización de encuestas, a fin de conocer las tendencias electorales el día de la jornada electoral.

c) Dar a conocer la estadística electoral, una vez concluido el proceso electoral.

 

 


Artículo 84.

1. Corresponde al Secretario del Consejo General:

a) al q) ...

Artículo Décimo. Se adiciona con el numeral 2 el artículo 84 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, para quedar como sigue:

Artículo 84.

1. Corresponde al Secretario del Consejo General:

a) al inciso q) ...

2. Corresponde al Secretario del Consejo General en el caso de las elecciones internas de los partidos y sindicatos nacionales, las siguientes atribuciones:

a) Integrar los expedientes con las actas de computo por cada entidad federativa o sección sindical y presentarlos oportunamente al Consejo General.

 

 


Artículo 86.

1. La Junta General Ejecutiva se reunirá por lo menos una vez al mes, siendo sus atribuciones las siguientes:

a) al m) ...

Artículo Décimo Primero. Se adiciona el numeral 2 al artículo 86 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, para quedar como sigue:

Artículo 86.

1. La Junta General Ejecutiva se reunirá por lo menos una vez al mes, siendo sus atribuciones las siguientes:

a) al inciso m) ...

2. La Junta General Ejecutiva en el caso de las elecciones internas de los partidos políticos y sindicatos nacionales, se reunirá según lo determine el Consejo General mediante acuerdo y tendrá la siguiente atribución:

a) Resolver los medios de impugnación que le competan, en contra de los actos o resoluciones del Secretario Ejecutivo y de las juntas locales del Instituto Federal Electoral.

 

 


Artículo 117.

1. Corresponde a los Presidentes de los Consejos Distritales:

a) al inciso l) ...

2…

3…

 

Artículo Décimo Segundo. Se adiciona el numeral 4 al artículo 117 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, para quedar como sigue:

Artículo 117.

1. Corresponde a los Presidentes de los Consejos Distritales:

a) al inciso l) ...

2 ...

3....

4. Corresponde a los Presidentes de los Consejos Distritales en el caso de las elecciones internas de los partidos políticos y los sindicatos nacionales, las siguientes atribuciones:

a) Recibir las solicitudes de registros de las diversas candidaturas estatales y municipales de los partidos políticos nacionales y las correspondientes a las diversas secciones sindicales que existan en el país.

b) Expedir la Constancia de Mayoría y Validez de las elecciones estatales y municipales de los partidos políticos y sindicatos nacionales, a los candidatos que hayan obtenido la mayoría de votos.

c) Custodiar la documentación de las elecciones, hasta que haya concluido el proceso electoral correspondiente.

d) Recibir las solicitudes de acreditación que presenten los ciudadanos mexicanos, o las agrupaciones a las que pertenezcan para participar como observadores durante los procesos electorales internos de los partidos políticos o de los sindicatos nacionales.

 

Transitorios

Artículo Primero. El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

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