| Servicios Parlamentarios | Servicios a la Sesión | Datos Relevantes |



DIRECCIÓN DE APOYO TÉCNICO

INICIATIVAS PRESENTADAS EN LA COMISIÓN PERMANENTE DEL SEGUNDO RECESO DEL SEGUNDO AÑO DE EJERCICIO

Con Proyecto de decreto por el que se adiciona una fracción quinta al artículo 2-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

TEXTO QUE SE PROPONE

TEXTO QUE SE PROPONE

Ley del Impuesto al Valor Agregado

 

 

Artículo 2-A. El impuesto se calculara aplicando la tasa del 0% a los valores a que se refiere esta ley, cuando se realicen los actos o actividades siguientes:

I.- La enajenación de: …

II.- La prestación de servicios independientes: . …

III.- el uso o goce temporal de la maquinaria y equipo a que se refieren los incisos e) y g) de la fracción I de este articulo.

IV.- la exportación de bienes o servicios, en los términos del articulo 29 de esta ley. …

no tiene correlativo

 

 

ARTICULO UNICO. Se adiciona con una fracción V al artículo 2-A de la Ley del Impuesto al Valor Agregado.

Artículo 2-A. (...)

 


I. .........

II. ..........

III. .......

 

IV. ........

 

V. Sobre el servicio o suministro de agua para uso doméstico.

Transitorios

Unico. El presente decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

ARUH.

REGRESAR

bann02.gif (1472 bytes)

| Página Principal | Funciones | Servicios de Asistencia Técnica a la Presidencia de la Mesa Directiva | Servicios de las Comisiones |
| Servicios del Diario de los Debates | Servicios del Archivo | Servicios de Bibliotecas |