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Iniciativa con proyecto de decreto que agrega una fracción VI al artículo 73; reforma y adiciona los artículos 76 fracción I; 89 fracción X y 133, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Diputado: Norma Patricia Rojas Santana (PSN).

 

TEXTO VIGENTE TEXTO QUE SE PROPONE

 

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

 


Artículo 73. El Congreso tiene facultad:

I a XXVII…

XXVIII.- (Se deroga).

 


XXIX. a XXX….

Con proyecto de decreto que reforma los artículos 73, 76, fracción I, 89, fracción X, y 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo Único: Se reforman los artículos 73, 76, fracción I, 89 fracción X y 133 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar en los siguientes términos:

Artículo 73. El Congreso tiene facultad:

I. a XXVII. .........

XXVIII. Para analizar, revisar y evaluar la política exterior desarrollada por el Ejecutivo federal; además de aprobar los tratados internacionales y convenciones que celebre el Ejecutivo de la Unión.

XXIX. a XXX. .............

Artículo 76. Son facultades exclusivas del Senado:

I.- Analizar la política exterior desarrollada por el Ejecutivo Federal con base en los informes anuales que el Presidente de la República y el Secretario del Despacho correspondiente rindan al Congreso; además, aprobar los tratados internacionales y convenciones diplomáticas que celebre el Ejecutivo de la Unión;

II. a X…

Artículo 76. Son facultades exclusivas del Senado:

Analizar en primera instancia los Tratados internacionales que celebre el Ejecutivo federal y que envié al Congreso de la Unión para su aprobación;


II. a X. ...........

Artículo 89. Las facultades y obligaciones del Presidente son las siguientes:

I. al IX.

X.- Dirigir la política exterior y celebrar tratados internacionales, sometiéndolos a la aprobación del Senado. En la conducción de tal política, el titular del Poder Ejecutivo observará los siguientes principios normativos: la autodeterminación de los pueblos; la no intervención; la solución pacífica de controversias; la proscripción de la amenaza o el uso de la fuerza en las relaciones internacionales; la igualdad jurídica de los Estados; la cooperación internacional para el desarrollo; y la lucha por la paz y la seguridad internacionales;

XI. a XX. ..

Artículo 89. Las facultades y obligaciones del Presidente son las siguientes:

I. al IX. .........

X. Dirigir la política exterior y celebrar tratados internacionales, sometiéndolos a la aprobación del Congreso de la Unión. En la conducción de tal política, el titular del Poder Ejecutivo observará los siguientes principios normativos: la autodeterminación de los pueblos; la no intervención; la solución pacífica de controversias; la proscripción de la amenaza o el uso de la fuerza en las relaciones internacionales; la igualdad jurídica de los Estados; la cooperación internacional para el desarrollo; y la lucha por la paz y la seguridad internacionales;

XI. a XX. .........

Artículo 133.- Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los Tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el Presidente de la República, con aprobación del Senado, serán la Ley Suprema de toda la Unión. Los jueces de cada Estado se arreglarán a dicha Constitución, leyes y tratados, a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las Constituciones o leyes de los Estados.

Artículo 133. Esta Constitución, las leyes del Congreso de la Unión que emanen de ella y todos los tratados que estén de acuerdo con la misma, celebrados y que se celebren por el Presidente de la República, con aprobación del Congreso, serán la Ley Suprema de toda la Unión. Los Jueces de cada Estado, se arreglarán a dicha Constitución Leyes y tratados, a pesar de las disposiciones en contrario que pueda haber en las Constituciones o leyes de los estados.

Transitorios

Artículo Primero.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo Segundo.- Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente decreto

 

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