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Con proyecto de decreto por el que se reforman los artículos 38, 182-A, 185 y 269 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.
TEXTO VIGENTE |
TEXTO QUE SE PROPONE |
Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.
Artículo 38. 1.- Son obligaciones de los partidos políticos
a) Conducir sus actividades dentro de los cauces legales y ajustar su conducta y la de sus militantes a los principios del Estado Democrático, b) abstenerse de recurrir a la violencia y a cualquier acto que tenga por objeto o resultado alterar el orden publico. c) al r) No tiene correlativo s) Las demás que establezca este Código. |
ARTICULO UNICO.- Se reforman los artículos 38, 182-A, 185 y 269 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, para quedar como sigue. ARTICULO 38. 1. Son obligaciones de los partidos políticos nacionales:
......... ........ .......... s) Utilizar sus gastos de propaganda impresa, únicamente en materiales reciclados o de reuso o biodegradables. t) Las demás que establezca este Código. |
Artículo 182-A. 1. Los gastos que realicen los partidos políticos, las coaliciones y sus candidatos, en la propaganda electoral y las actividades de campaña. 2. Para los efectos de este articulo quedaran comprendidos dentro de los topes de gasto los siguientes conceptos:
I. Comprenden los realizados en bardas, mantas, volantes, pancartas, equipos de sonido, eventos políticos realizados en lugares alquilados, propaganda utilitaria y otros similares; No tiene correlativo
b) Gastos operativos de la campaña:
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ARTICULO 182-A. 1. ...
2. Para los efectos de este artículo.
I. Comprenden los realizados en bardas, equipos de sonido, eventos políticos realizados en lugares alquilados y otros similares;
II. Comprenden también los realizados en mantas, volantes, pancartas, propaganda utilitaria y otros similares, siempre y cuando esta sea elaborada con materiales reciclados o de reuso o biodegradables. b) ........... ................ |
Artículo 185. 1. La propaganda impresa que los candidatos utilicen durante la campaña electoral deberá contener, en todo caso, una identificación precisa del partido político o coalición que ha registrado al candidato.
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ARTICULO 185. 1.La propaganda impresa que los candidatos utilicen durante la campaña electoral deberá emplear materiales reciclados o de reuso o compuesta por materiales biodegradables y contener, en todo caso también, una identificación precisa del partido político o coalición que ha registrado al candidato. 2. La propaganda que en el curso de una campaña difundan por medios gráficos los partidos políticos, las coaliciones y los candidatos, no tendrá más límites que lo señalado en el numeral anterior, en los términos del artículo 7º de la Constitución, en el respeto a la vida privada de candidatos, autoridades terceros y a las instituciones y valores democráticos. |
Artículo
269. 1. Los partidos políticos y las agrupaciones políticas, independientemente de las responsabilidades en que incurran sus dirigentes, miembros o simpatizantes, podrán ser sancionados:
2. Las sanciones a que se refiere el párrafo anterior, podrán ser impuestas cuando: a) incumplan con las obligaciones señaladas en el articulo 38 y demás disposiciones aplicables de este Código; |
ARTICULO
269. 1. ..
2. Las sanciones. a) Incumplan con las obligaciones señaladas en el artículo 38, 185 y demás disposiciones aplicables de este Código. |
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