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TEXTO VIGENTE | TEXTO QUE SE PROPONE |
1... 2. Es obligación de los ciudadanos mexicanos integrar las mesas directivas de casilla en los términos de este Código. 3
4
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Con proyecto de decreto por el que se reforma el Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales en sus artículos 5º, 27 y 38.
Artículo Unico: Se adiciona un numeral 2 al artículo 5º recorriéndose los actuales numerales 2, 3 y 4 para quedar como 3, 4 y 5 respectivamente y; se reforman los incisos a) del artículo 27 y q) del artículo 38 para quedar como sigue:
Artículo 5.- .......... 1 ... 2. Ningún ciudadano, partido o agrupación política podrá hacer uso de los Símbolos Patrios; ya sea del Escudo Nacional, la combinación de los colores de la Bandera Nacional en cualquier forma, así como la letra o música del Himno Nacional. Tampoco podrá hacerse uso de los emblemas, símbolos y/o logotipo en parte o en su totalidad identificados con programas e instituciones gubernamentales vigentes o ya desaparecidos. |
Artículo 27.
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Artículo 27.- ...........
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Artículo 38. 1. Son obligaciones de los partidos políticos nacionales:
2 |
Artículo 38. ......... .............
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Transitorios Unico. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación. |
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