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DIRECCIÓN DE APOYO TÉCNICO

Iniciativa con proyecto de decreto que reforma y adiciona el artículo 4º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Diputado Narciso Alberto Amador Leal (PRI). Fecha de publicación en la Gaceta Parlamentaria: 19 de octubre de 2001.

 

TEXTO VIGENTE

TEXTO QUE SE PROPONE

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Titulo primero

Capitulo I De las garantías individuales.

 

Articulo 4

 

 


Los ascendientes, tutores y custodios tienen el deber de preservar estos derechos. El estado proveerá lo necesario para propiciar el respeto a la dignidad de la niñez y el ejercicio pleno de sus derechos.

 

 

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo Primero. Se adiciona, después del tercer párrafo, del Artículo 4º Constitucional un nuevo párrafo para quedar de la siguiente manera:

Art. 4º...............

........................

El Estado Mexicano, la sociedad, las familias y los individuos son responsables de procurar la alimentación que permita la salud física y mental de cada miembro de la sociedad mexicana. La Ley establecerá los subsidios necesarios y los criterios de su asignación a las familias para que la Federación, el Distrito Federal, los Estados y los Municipios, apoyen la satisfacción de una dieta asequible, que contenga todos los nutrientes necesarios de los alimentos en calidad, cantidad y disponibilidad.

Artículo Segundo. Se modifica el 7o párrafo del Artículo 4º para quedar de la siguiente forma:

Los ascendientes, tutores y custodios tienen el deber de preservar estos derechos. El Estado proveerá lo necesario para garantizar, el respeto de la dignidad de la niñez y el ejercicio pleno de sus derechos.

Transitorios

Artículo Único. Las presentes reformas entrarán en vigor a partir de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

 

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