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Con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 40 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. Diputado Tomás Torres Mercado (PRD).  Fecha de publicación en la Gaceta Parlamentaria: 17 de octubre de 2001.

 

TEXTO VIGENTE TEXTO QUE SE PROPONE

 

 

Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Artículo 40.

1 a 5…

 

 

 

 

 

No tiene correlativo.

Con proyecto de decreto por el que se reforma el artículo 40 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo Unico.- Se reforma el artículo 40 de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, con el objeto de adicionar el numeral 6, y por tanto, para quedar como sigue:

Artículo 40. .........

1. ..........

2. .........

3. .........

4. .........

5. .........

6. Además de las atribuciones que le confiere la ley, la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, cada seis meses, dará cuenta al Pleno de la Cámara de Diputados con las tesis y jurisprudencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que hayan declarado la inconstitucionalidad de leyes federales, o hayan interpretado directamente un precepto de la Constitución Federal con el objeto de que, de estimarse procedente, se plantee la iniciativa para la reforma correspondiente.

Transitorios

Artículo Primero.- El presente decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Artículo Segundo.- Quedan sin efecto todas 1as disposiciones legales reglamentarias que se opongan al presente decreto.

 

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