| Servicios Parlamentarios | Servicios a la Sesión | Datos Relevantes |



Con proyecto de decreto mediante el cual se reforma el artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Diputado: José Antonio Arévalo González (PVEM). Fecha de publicación en la Gaceta Parlamentaria: 24 de octubre de 2001.

 

TEXTO VIGENTE TEXTO QUE SE PROPONE

 

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

 

Artículo 135. La presente Constitución puede ser adicionada o reformada. Para que las adiciones o reformas lleguen a ser parte de la misma, se requiere que el Congreso de la Unión, por el voto de las dos terceras partes de los individuos presentes, acuerde las reformas o adiciones, y que estas sean aprobadas por la mayoría de las legislaturas de los estados. El Congreso de la Unión o la Comisión Permanente, en su caso, harán el cómputo de los votos de las legislaturas y la declaración de haber sido aprobadas las adiciones o reformas.

 

Decreto mediante el cual se reforma el artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

ARTICULO UNICO.- Se reforma el artículo 135 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, para quedar como sigue:

Artículo 135. La presente Constitución puede ser adicionada o reformada. Para que las adiciones o reformas lleguen a ser parte de la misma, se requiere que el Congreso de la Unión, por el voto de las dos terceras partes de los individuos presentes, acuerde las reformas o adiciones y que estas sean aprobadas por la mayoría de las legislaturas de los estados y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal. El Congreso de la Unión o la Comisión Permanente, en su caso, harán el cómputo de los votos de las legislaturas y la declaración de haber sido aprobadas las adiciones o reformas.

Transitorios

Único.- Este decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

 

bann02.gif (1472 bytes)

| Página Principal | Funciones | Servicios de Asistencia Técnica a la Presidencia de la Mesa Directiva | Servicios de las Comisiones |
| Servicios del Diario de los Debates | Servicios del Archivo | Servicios de Bibliotecas |