No.
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INICIATIVA |
ORIGEN |
TURNO O
TRÁMITE |
SINOPSIS |
1 |
Que reforma y adiciona diversas
disposiciones de la Ley
Reglamentaria del Artículo 27
Constitucional en el Ramo del Petróleo,
la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal,
la Ley de la Comisión Reguladora
de Energía, la Ley Federal
de Entidades Paraestatales, la
Ley de Obras Públicas y Servicios
Relacionados con las Mismas y la
Ley de Adquisiciones,
Arrendamientos y Servicios del Sector
Público. Asimismo, se expide la
Ley Orgánica de Petróleos
Mexicanos, la Ley de la
Comisión Nacional Reguladora del
Petróleo y la
Ley para el
Financiamiento de la Transición
Energética.
Publicación en GP: del Senado
23 de julio de 2008. |
Sen.
Manlio Fabio Beltrones Rivera
(PRI)
A nombre de Senadores y Diputados del
Grupo Parlamentario del PRI |
Comisiones Unidas de Energía y de
Estudios Legislativos de la Cámara
de Senadores. |
· Reestructurar
la organización, funcionamiento, control
e incorporar obligaciones de rendición
de cuentas a Petróleos Mexicanos
(PEMEX), creando el Comité de
Transparencia y Auditoría de Petróleos
Mexicanos e incluyendo a profesionales
dentro del Consejo de Administración.
Fijar las bases generales aplicables a
sus organismos subsidiarios. Prever la
constitución de organismos
descentralizados de carácter estratégico
filiales para que realicen actividades
sobre refinación, transporte,
almacenamiento y distribución de
derivados así como en la construcción de
ductos. Establecer que la producción de
petroquímicos secundarios estará a cargo
de PEMEX a través de organismos
subsidiarios descentralizados, mismos
que podrán celebrar acuerdos con
personas físicas o morales, así como
suscribir títulos de crédito,
manteniendo en exclusiva la propiedad y
el control del Estado Mexicano sobre los
hidrocarburos. Los bonos ciudadanos como
títulos de crédito emitidos por PEMEX
para otorgar a sus tenedores una
contraprestación vinculada con el
desempeño del organismo, conforme a las
reglas que para tal efecto emita la
Secretaría de Hacienda y Crédito
Público. Facultar a la Secretaría de
Energía para regular, promover y apoyar
el ahorro de energía así como el
desarrollo y uso de fuentes de energía
alternos a los hidrocarburos (energía
eólica, solar, geotérmica,
bioenergética, entre otras), a través
del Fondo Nacional para la Transición
Energética que tendría el carácter de
fideicomiso público. Asimismo, para
regular, vigilar e implementar las
medidas que considere pertinentes en
materia de seguridad de la industria
petrolera. Instituir la Comisión
Nacional Reguladora del Petróleo como un
organismo descentralizado de la
Secretaría de Energía, encargado de
regular y supervisar la exploración y
explotación de carburos de hidrógeno que
se encuentren en mantos o yacimientos, y
que acompañen el aceite mineral crudo,
lo acompañen o se deriven de él.
|
2 |
Que reforma y adiciona los artículos 4º,
párrafo tercero y 73 fracción XVI,
numeral 2 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos.
Publicación en GP: del Senado
23 de julio de 2008.
Publicación en GP:
25 de julio de 2008. |
Dip.
María Oralia Vega Ortiz
(PRI) |
Comisión de Puntos Constitucionales
de la Cámara de Diputados. |
Establecer que en la protección de la
salud y la protección contra riesgos
sanitarios, deberán concurrir los tres
órdenes de gobierno. Asimismo, que en
caso de pandemias, las medidas
preventivas indispensables emitidas por
la Secretaría de Salud, deberán ser
aprobadas por el Consejo de Salubridad
General y sancionadas por el Congreso de
la Unión. |
3 |
Que reforma y adiciona diversas
disposiciones de la Ley de
Comercio Exterior, de la
Ley Orgánica de la Administración
Pública Federal y de la
Ley del Servicio Exterior Mexicano.
Publicación en GP: del Senado
23 de julio de 2008. |
Sen.
Mario López Valdez
(PRI) |
Comisiones Unidas de Comercio y
Fomento Industrial y de Estudios
Legislativos, Primera de la Cámara
de Senadores. |
Facultar a la Secretaría de Economía,
para establecer y coordinar la creación
de un sistema de monitoreo de la
comercialización en países destino, así
como estudiar, proyectar y proponer
acciones tendientes a prevenir la
aparición de medidas de regulación y
restricción no arancelarias a la
circulación y tránsito de exportaciones
mexicanas en los países destino.
Corresponderá a la Secretaría de
Relaciones Exteriores y al Servicio
Exterior Mexicano, coadyuvar en la
operación del sistema antes mencionado. |
4 |
Que reforma el artículo 232-D de la
Ley Federal de Derechos.
Publicación en GP: del Senado
23 de julio de 2008.
Publicación en GP:
25 de julio de 2008. |
Sen.
Luis Walton Aburto
(Convergencia) * |
Comisión de de Hacienda y Crédito
Público de la Cámara de Diputados. |
Redefinir la zona del municipio de
Acapulco de Juárez, para ubicarlo en la
zona IX en vez de la X, para la
realización del pago por concepto de uso
o goce de inmuebles para las personas
físicas y las morales que usen, gocen o
aprovechen las playas, la zona federal
marítimo terrestre, y los terrenos
ganados al mar o a cualquier otro
depósito de aguas marítimas. |
5 |
Que adiciona un segundo párrafo a la
fracción VI del artículo 176 de la
Ley del Impuesto sobre la Renta.
Publicación en GP: del Senado
23 de julio de 2008.
Publicación en GP:
25 de julio de 2008. |
Sen.
Adolfo Toledo Infanzón
(PRI) * |
Comisión de Hacienda y Crédito
Público de la Cámara de Diputados. |
Establecer que podrán ser deducibles del
Impuesto Sobre la Renta, las primas por
seguros de vida, complementarios o
independientes en caso de muerte, ya sea
por causa natural o accidental, siempre
que el beneficiario sea el cónyuge o la
persona con quien vive en concubinato, o
sus ascendientes o descendientes, en
línea recta. |
6 |
Que expide la Ley Orgánica de la
Procuraduría del Migrante.
Publicación en GP: del Senado
23 de julio de 2008. |
Sen.
Carlos Jiménez Macías
(PRI) * |
Comisiones Unidas de Gobernación y de
Estudios Legislativos, Segunda de la
Cámara de Senadores. |
Crear y regular la organización y el
funcionamiento de la Procuraduría del
Migrante, la cual tendrá por objeto la
protección, defensa, vigilancia,
promoción, estudio, educación y difusión
de los derechos de los migrantes,
reconocidos en el orden jurídico
mexicano y en los instrumentos
internacionales de derechos humanos.
Establecer el procedimiento para la
presentación, tramitación y resolución
de quejas y la forma en la cual se
dictarán los acuerdos y se emitirán las
recomendaciones, así como las sanciones
por la comisión de alguna conducta
prevista por este ordenamiento. |
7 |
Que reforma el artículo 72 de la
Ley de Premios, Estímulos y Recompensas
Civiles
Publicación en GP: del Senado
23 de julio de 2008. |
Sens.
Javier Orozco Gómez (PVEM), José Isabel
Trejo Reyes (PAN), Rafael Alejandro
Moreno Cárdenas (PRI), Martha Leticia
Rivera Cisneros (PAN) y José Luis Máximo
García Zalvidea (PRD)* |
Comisiones Unidas de Gobernación y de
Estudios Legislativos de la Cámara
de Senadores. |
Establecer dos categorías para otorgar
el Premio Nacional de la Juventud, las
cuales serán de 12 años hasta menos de
18 años y de 18 años hasta 29 años.
Asimismo, que se sustituyan algunas de
las distinciones por las cuales se
otorga este premio. |
8 |
Que reforma el Capítulo Quinto y
adiciona la Sección Primera, la Sección
Cuarta y el artículo 105 Bis del Título
Tercero de la Ley Orgánica del
Congreso General de los Estados Unidos
Mexicanos.
Publicación en GP: del Senado
23 de julio de 2008. |
Sen.
Luis Walton Aburto
(Convergencia) * |
Comisiones Unidas de Reglamentos y
Prácticas Parlamentarias y de
Estudios Legislativos, Primera de la
Cámara de Senadores. |
Modificar el nombre del Capítulo Quinto
denominado “De las Comisiones” por “De
las Comisiones y los Comités”.
Incluir el nombre de la Sección Primera,
que abarca los artículos 85 a 103.
Incorporar una sección cuarta anexando
el artículo 105 Bis, para regular el
funcionamiento de los comités de la
Cámara de Senadores y establecer sus
atribuciones. |