DATOS DE LA LX LEGISLATURA

CONCENTRADO DE ASUNTOS ABORDADOS

1. OFICIO

a) De la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

2. CONTESTACIONES A PUNTOS DE ACUERDO

a) De la Secretaría de Educación Pública.

b) De la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

c) De la Secretaría de Desarrollo Social.

d) De la Comisión Nacional Forestal.

e) De la Secretaría de Relaciones Exteriores.

f) De la Secretaría de Salud.

3. COMUNICACIÓN RELATIVA A MOVIMIENTO EN COMISIÓN

4. MOVIMIENTOS DE CC. DIPUTADOS

a) De licencia.

5. PERMISOS CONSTITUCIONALES

a) Para prestar servicios.

6. PROPOSICIONES DE ACUERDO DE LOS ÓRGANOS DE GOBIERNO

a) De la Conferencia para la Dirección y Programación de los Trabajos Legislativos.

b) De la Junta de Coordinación Política.

7. INICIATIVAS

8. DICTÁMENES DE PRIMERA LECTURA

a) Con proyecto de decreto.

b) De permiso constitucional. Para prestar servicios.

9. PROPOSICIONES

10. PROPOSICIÓN DE URGENTE RESOLUCIÓN

11. PROTESTA DE LEY

12. EXCITATIVAS

a) Para dictaminar minutas.

III. CITA A
PRÓXIMA SESIÓN

SEGUNDO PERÍODO DE SESIONES ORDINARIAS DEL TERCER AÑO DE EJERCICIO

 

  Sesión 6, de Febrero 17, 2009.

 

                7. INICIATIVAS

No.

INICIATIVA

ORIGEN

TURNO O TRÁMITE

SINOPSIS

1

Que expide la Ley General de Turismo.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

12 de febrero de 2009.

Dip.

Octavio Martínez Vargas

(PRD) *

 

A nombre propio y de diputados integrantes de la Comisión de Turismo

Comisión de Turismo con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

 

Por acuerdo de la Mesa Directiva del 19 de febrero de 2009 (GP:26/02/09), se modifico el turnó a la Comisión de Turismo,  con opinión de las comisiones de Economía, de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Presupuesto y Cuenta Pública

 

Por acuerdo de la Mesa Directiva del 5 de marzo de 2009 (GP:12/03/09), se modifico el turnó a las Comisiones Unidas de Turismo y de Hacienda y Crédito Público,  con opinión de las comisiones de Economía, de Medio Ambiente y Recursos Naturales y de Presupuesto y Cuenta Pública

Crear un nuevo ordenamiento legal en materia de turismo, derogando así la actual Ley Federal de Turismo. Establecer las bases de coordinación, así como las obligaciones y facultades de los tres órdenes de gobierno en la materia, las cuales deberán ser acordes a los principios de legalidad, sustentabilidad y competitividad. Incluir diversas figuras como prestador de servicios turísticos, turismo sustentable, turismo a corto, mediano y largo plazo, competitividad, ordenamiento turístico del territorio, zonas de desarrollo turístico sustentable,  y definirlas. Asimismo, renovar el Registro Nacional de Turismo, estableciendo nuevas facultades y atribuciones.

2

Que reforma el artículo 14 de la Ley Orgánica del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

5 de febrero de 2008.

Dip.

Hugo Eduardo Martínez Padilla

(PRD)  *

Comisión de Justicia

Facultar al Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa para conocer de los juicios que se promuevan contra las resoluciones definitivas, actos administrativos y procedimientos emitidos por la Auditoría Superior de la Federación para determinar los daños y perjuicios que afecten a la Hacienda Pública Federal o al patrimonio de los entes públicos federales, las que impongan indemnizaciones y sanciones pecuniarias correspondientes, a los servidores públicos afectados adscritos a las entidades fiscalizadas y a los particulares, personas físicas o morales, y las demás resoluciones en los términos de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación.

3

Que reforma el artículo 35 de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

10 de febrero de 2008.

Dip.

Arnulfo Elías Cordero Alfonzo

(PRI)*

Comisión de Atención a Grupos Vulnerables

Incluir el peligro a la integridad física, emocional y psicológica dentro de las infracciones que serán sancionadas cuando se contrate laboralmente a menores de 14 años.

4

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Federal de Procedimientos Penales.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

4 de febrero de 2009.

Dip.

Patricia Villanueva Abraján

(PRI) *

Comisión de Justicia

Incluir como prueba plena a los medios digitales de video, salvo el derecho de las partes para redargüirlos de falsedad. Asimismo, establecer la forma en que habrá de proceder el Ministerio Público para incoar un proceso cuando se trate de delitos perseguibles por querella, y su comisión haya sido video grabada.

5

Que reforma el artículo 25 de la Ley General de Desarrollo Social.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

12 de febrero de 2009.

Dip.

Jesús Sergio Alcántara Núñez

(PRI) *

Comisión de Desarrollo Social

Establecer como obligación del Ejecutivo Federal el implementar y administrar un Fondo de Contingencia Social.

6

Que reforma los artículos 949 y 1005 Bis de la Ley Federal del Trabajo.

 

Publicación en GP:

Anexo III.

4 de febrero de 2008.

Dip.

Daniel Torres

García

(PRD) *

Comisión de Trabajo y Previsión Social

Establecer de 10 a 20 años de prisión, de 1,000 a 10,000 días de multa y suspensión e inhabilitación hasta por un término igual al de la pena señalada anteriormente para ejercer la profesión, a la persona que, actuando como apoderado de la parte trabajadora en un juicio laboral, tome posesión o se haga propietario de los bienes que le hayan sido adjudicados, valiéndose de un poder para actos de dominio o valiéndose de cualquier otro medio. Será obligación del presidente de la Junta de Conciliación y Arbitraje el cuidar que la venta de los bienes adjudicados a los trabajadores, se haga sin lesión para ellos, y se les entregue la suma de dinero correspondiente ante la Junta y de manera personal.

7

Que reforma el artículo 10 de la Ley del Servicio Postal Mexicano.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

17 de febrero de 2008.

Dip.

Fernando Quetzalcóatl Moctezuma Pereda (PRI) *

Comisión de Comunicaciones

Establecer que la Secretaría de Comunicaciones y Transportes celebrará convenios de colaboración con la Secretaría de Seguridad Pública, en el ámbito de sus respectivas competencias y jurisdicción, a fin de prevenir el envío o transporte de materiales tóxicos o peligrosos en la correspondencia.

8

Que expide la Ley de Importación de Vehículos Usados.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

17 de febrero de 2008.

Dip.

Horacio Emigdio Garza Garza

(PRI) *

Comisión de Economía, con opinión de la comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

 

Por acuerdo de la Mesa Directiva del 25 de febrero de 2009 (GP:04/03/09), se modifico el turnó a las Comisiones Unidas de Economía y de Hacienda y Crédito Público,  con opinión de la comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

Establecer los requisitos a que debe sujetarse la importación de vehículos usados a territorio nacional.

9

Que adiciona un artículo 21 Bis, reforma el artículo 23 y establece diversas disposiciones Transitorias de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria,

 

Publicación en GP:

18 de febrero de 2009.

Dip.

César Duarte Jáquez

(PRI) *

Comisión de Hacienda y Crédito Público

Hacer uso de los recursos de los fondos de Estabilización de los Ingresos Petroleros, de Estabilización de los Ingresos de las Entidades Federativas, de Estabilización para la Inversión en Infraestructura de Petróleos Mexicanos, y  de Apoyo para la Reestructura de Pensiones, para la reactivación de la economía nacional, fomento del empelo y combate a la pobreza, en circunstancias económicas o sociales emergentes. Indicar los criterios para su aplicación y de rendición de cuentas sobre su uso. Asimismo, que los subejercicios de los presupuestos de las dependencias y de las entidades deberán subsanarse en un plazo máximo de 45 días naturales, de no ser así, se reasignarán a los programas sociales y de inversión en infraestructura que la Cámara de Diputados haya previsto en el Presupuesto de Egresos

10

Que reforma el artículo 8 de la Ley de Vías Generales de Comunicación.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

12 de febrero de 2009.

Dip.

Adolfo Mota Hernández

(PRI)

Comisión de Transportes

Establecer que simultáneamente a la elaboración del anteproyecto para la construcción de vías generales de comunicación, se deberá solicitar al Instituto de Administración y Avalúos de Bienes Nacionales, el avalúo previo de los terrenos donde habrá de realizarse la construcción de la obra. Crear un comité técnico para cada proyecto, definiendo sus atribuciones y forma de integración. Asimismo, que una vez aprobado  el anteproyecto de construcción y en base al avalúo previo, se podrá elaborar el proyecto ejecutivo de construcción y la adquisición del derecho de vía.

11

Que reforma el artículo 49 de la Ley del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

4 de febrero de 2009.

Dip.

José Antonio Almazán González

(PRD)

Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y de Vivienda

Prohibir al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, vender la cartera vencida o realizar algún otro acto que implique la subrogación del crédito de los trabajadores a favor de terceras personas, tanto públicas como privadas. Establecer que la venta o acto que infrinja dicha disposición, será nulo de pleno derecho, así como definir las sanciones que podrán imponerse a los servidores públicos y demás personas involucradas en la realización de este acto, el cual será considerado como fraude equiparado. Asimismo, precisar las acciones a que tendrá derecho el trabajador.

12

Que abroga la Ley Federal del Impuesto Sobre Automóviles Nuevos.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

17 de febrero de 2009.

Dip.

Yericó Abramo Masso

(PRI)

Comisión de Hacienda y Crédito Público

Eliminar el pago del Impuesto sobre Automóviles Nuevos.

13

Que reforma y adiciona diversas disposiciones del Código Penal Federal.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

10 de febrero de 2009.

Dip.

Susana Monreal Ávila

(PRD)

Comisión de Justicia

Modificar diversas disposiciones a efecto de incorporar las figuras de precandidato y de organizadores de actos de precampaña o campaña, dentro de los supuestos contemplados para los delitos electorales y en materia de registro nacional de ciudadanos, e incluir nuevos supuestos en la materia.  Asimismo, considerar como una agravante para estos casos, cuando concurran en ellos los sujetos arriba mencionados o cuando sean utilizados programas sociales y fondos provenientes de actividades ilícitas o del extranjero para el apoyo de precandidatos, candidatos, partidos políticos o coaliciones.

14

Que expide la Ley de Desempleo Universal y No Contributivo.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

10 de febrero de 2009.

Dip.

José Antonio Almazán González

(PRD)

Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social y de Hacienda y Crédito Público con opinión de la Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública

Crear el seguro de desempleo, como una prestación económica para quien haya perdido su empleo en el sector económico formal, el cual estará a cargo de un comité técnico coordinado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social, quien supervisará y vigilará su eficacia y funcionamiento. Establecer el monto de la prestación, la duración, forma de entrega, requisitos y obligaciones de los beneficiarios de este programa. Asimismo, precisar en que casos podrá suspenderse el pago de dicho seguro, así como para  poder interponer el recurso de inconformidad.

15

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley Orgánica del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres y de la Ley del Instituto Nacional de las Mujeres.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

12 de febrero de 2009.

Dip.

Bertha Yolanda Rodríguez Ramírez

(PRI)

 

A nombre propio y de la Dip. Martha Angélica Tagle Martínez (Conv)

Comisiones Unidas de Régimen, Reglamentos y Prácticas Parlamentarias y de Equidad y Género

Establecer como obligación para los presidentes de las comisiones ordinarias de la Cámara de Diputados, solicitar opinión al Centro de Estudios para el Adelanto de las Mujeres y Equidad de Género, cuando se trate del estudio de iniciativas de ley o de decreto que pudieran tener impacto en la materia, así como definir que actos estarán comprendidos. De igual forma, la obligación del gobierno federal para solicitar opinión al Instituto Nacional de las Mujeres en la elaboración de normas reglamentarias en materia de equidad de género.

16

Decreto que Establece el Programa de Apoyo para los Deudores de la Banca, en Materia de Tarjetas de Crédito, Créditos Hipotecarios y Créditos a las Pequeñas y Medianas Empresas.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

10 de febrero de 2009.

Dip.

Ricardo Cantú Garza

(PT)

 

Y suscrita por diputados de diversos Grupos Parlamentarios

Comisión de Hacienda y Crédito Público

Crear la “Comisión de Apoyo para los Deudores de la Banca” de la Cámara de Diputados, y definir su forma de integración, la cual contará con el apoyo administrativo necesario de la Junta de Coordinación Política y de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados para su correcto y eficaz funcionamiento y estará facultada para proponer ante el Pleno, un programa de reestructuración de adeudos para deudores de tarjetas de crédito, hipotecarios y créditos a micro, pequeñas y medianas empresas caídos en cartera vencida durante los últimos 18 meses, y hasta por 12 meses posteriores a la entrada en vigor del decreto. Asimismo, establecer los lineamientos que deberá tener como mínimo dicho programa y las obligaciones para las instituciones bancarias en la materia.

17

Que adiciona los artículos 291 Bis, 291 Ter y 432 Bis a la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.

 

Publicación en GP:

Anexo II.

4 de febrero de 2009.

Dip.

Alejandro Sánchez Camacho

(PRD)

Establecer que la apertura de crédito podrá realizarse a través de tarjetas de servicio o de crédito, emitidas por empresas comerciales no bancarias, a través de un contrato que regule su uso. Que los acreditados ya sea una persona física o moral podrán adquirir bienes o servicios en establecimientos afiliados a la empresa comercial emisora. El costo anual total aplicado al acreditado no podrá ser superior al 20%. Asimismo, establecer las sanciones para los establecimientos que violen dicha disposición.

* Sin intervención en Tribuna.

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