SEGUNDO PERÍODO DE SESIONES ORDINARIAS DEL TERCER AÑO DE EJERCICIO

 

  Sesión 2, de Febrero 4, 2009.

 

                5. INICIATIVAS

No.

INICIATIVA

ORIGEN

TURNO O TRÁMITE

SINOPSIS

1

Que adiciona un artículo 10 Bis a la Ley Federal de Protección al Consumidor.

 

Publicación en GP:

Anexo I. 4 de febrero de 2009.

Congreso de Chihuahua *

Comisión de Economía

Establecer que para la celebración de contratos de prenda, se deberá requerir a los pignorantes la documentación que acredite la propiedad de los bienes, cuando por cualquier circunstancia se dude del origen de la obtención de los mismos, así como definir el procedimiento para estos casos.  Asimismo, que los consumidores que tengan conocimiento respecto a la procedencia ilícita de algún bien presentado por un tercero para el avalúo o comercio prendario, deberán informarlo a los encargados de los centros de empeño.

2

Que reforma el artículo 7 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo II. 4 de febrero de 2009.

Dip.

Víctor Samuel Palma César

(PRI) *

Comisión de Puntos Constitucionales

Establecer como inviolable la libertad de informar, analizar y comentar en medios electrónicos o cibernéticos sobre cualquier materia, así como brindar a los titulares de dichos medios, la protección constitucional.

3

Que reforma el artículo 18 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro.

 

Publicación en GP:

Anexo II. 4 de febrero de 2009.

Dip.

Jacinto Gómez Pasillas

(Nueva Alianza) *

Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, de Seguridad Social y de Hacienda y Crédito Público

Establecer que las administradoras de Fondos para el Retiro deberán efectuar las gestiones necesarias para obtener una rentabilidad positiva y garantizar la seguridad en las inversiones de las sociedades de inversión que administren.

4

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley Aduanera.

 

Publicación en GP:

Anexo IV. 4 de febrero de 2008.

Dip.

César Duarte Jáquez

(PRI) *

Comisión de Hacienda y Crédito Público

Otorgarle pleno valor probatorio, a la validación del pedimento así como los documentos cuya información debe transmitirse en el sistema electrónico, en las operaciones aduanales.  Excluir de responsabilidad fiscal o administrativa a los agentes aduanales cuando el importador no hubiere solicitado la operación al agente aduanal, o cuando estos datos resulten falsos o inexistentes. Establecer que solamente será cancelada la patente de agente aduanal cuando se compruebe la reincidencia en las infracciones cometidas.

5

Que adiciona la fracción XXIX-Ñ al artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo II. 4 de febrero de 2009.

Dip.

Daniel Chávez García

(PAN)

Comisión de Puntos Constitucionales

Facultar al Congreso de la Unión para expedir leyes en materia de vivienda, así como para establecer las bases de concurrencia de los tres órdenes de gobierno en la obligación de brindar a las familias una vivienda digna y decorosa.

6

Que reforma el artículo 105 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

 

Publicación en GP:

Anexo II. 4 de febrero de 2009.

Dip.

Mario Vallejo Estévez

(PRD)

Comisiones de Gobernación

Facultar al Instituto Federal Electoral con diversas atribuciones en materia de derechos de las personas con discapacidad, a fin de garantizar su participación en la vida política del país, sin discriminación y en condiciones de igualdad.

7

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación.

 

Publicación en GP:

Anexo III. 4 de febrero de 2008.

Dip.

Guillermina López Balbuena

(PRI)

Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de la Función Pública

Establecer el 15 de febrero del año siguiente, la fecha de entrega de la cuenta pública a la Cámara de Diputados, con una prórroga de hasta15 días. La cuenta pública deberá ser aprobada a más tardar el 30 de septiembre del año de la presentación. Asimismo, establecer el 15 de junio la entrega del informe de resultados de la revisión de ésta cuenta por parte de la Auditoría Superior de la Federación a dicha Cámara.

8

Que reforma el artículo 125 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

Publicación en GP:

Anexo II. 4 de febrero de 2009..

Dip.

Oscar Miguel Mohamar Dainitin

(PAN)

Comisión de Puntos Constitucionales

Establecer que ningún individuo podrá desempeñar a la vez dos o más cargos de elección popular, pero podrá elegir entre cualquiera de ellos el que quiera desempeñar.  Asimismo, estipular que no podrán ser candidatos a cargos de elección popular en cualquier ámbito de los tres órdenes de gobierno, el cónyuge o parientes consanguíneos o por afinidad hasta el cuarto grado de diversos servidores públicos, sino hasta después de 6 meses de que estos hayan dejado el cargo.

9

Que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y del Código Civil Federal.

 

Publicación en GP:

Anexo II. 4 de febrero de 2009.

Dip.

David Sánchez Camacho

(PRD)

Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de Justicia

Incluir el derecho al matrimonio como una garantía constitucional. Asimismo, realizar diversas modificaciones a efecto de permitir la celebración de matrimonios entre personas del mismo sexo y su regulación.

10

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro y de la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros.

 

Publicación en GP:

Anexo III. 4 de febrero de 2008.

Dip.

Lorena Martínez Rodríguez

(PRI)

Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión Social, de Seguridad Social y de Hacienda y Crédito Público

Establecer que los ingresos obtenidos por concepto de multas se integrarán a los fondos a cargo de las sociedades de inversión especializadas de fondos para el retiro, de acuerdo con la prelación que determine la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros, a fin de que se apliquen proporcionalmente a favor de los trabajadores que corresponda, de acuerdo con las reglas que se establezcan en el Presupuesto de Egresos de la Federación.  

11

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, de la Ley para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas y del Código Penal Federal.

 

Publicación en GP:

Anexo III. 4 de febrero de 2008.

Dip.

Guillermina López Balbuena

(PRI) *

Comisiones Unidas de Atención a Grupos Vulnerables, de Derechos Humanos y de Justicia

Incluir dentro de las facultades de las instituciones de la Federación, el promover la participación de las organizaciones de la sociedad civil, encargadas de la promoción, prevención, protección y defensa de los derechos de niñas, niños y adolescentes, las cuales podrán denunciar ante el Ministerio Público, aquellos hechos que se presuman constitutivos de un delito.

Que los titulares del Instituto Nacional de la Juventud y de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos sean miembros de la Comisión Intersecretarial para coordinar las acciones del Programa Nacional para Prevenir y Sancionar la Trata de Personas.

Aumentar de 12 a 18 años  de prisión a quien cometa delitos de pornografía, corrupción, turismo sexual o lenocinio con personas menores de 18 años.

12

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de la Ley de Fiscalización Superior de la Federación, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, de la Ley General de Desarrollo Social y de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

 

Publicación en GP:

Anexo III. 4 de febrero de 2008.

Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de la Función Pública y de Gobernación

Establecer que la fiscalización superior de la Federación deberá realizar auditorías de desempeño de manera trimestral durante el ejercicio fiscal en curso de los programas con carácter social, para evaluar el cumplimiento final de los objetivos y metas fijadas, conforme a los indicadores estratégicos aprobados en el presupuesto, a efecto de verificar el desempeño de los mismos y la legalidad en el uso de los recursos públicos; informando de los resultados, observaciones y recomendaciones a la Cámara de Diputados a más tardar a los 30 días posteriores de iniciada la auditoría.

13

Que reforma y adiciona diversas disposiciones de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y de la Ley de Planeación.

 

Publicación en GP:

Anexo III. 4 de febrero de 2008.

Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales y de la Hacienda y Crédito Público

Incluir dentro de las facultades del Congreso de la Unión el aprobar el Plan Nacional de Desarrollo, a más tardar 15 días posteriores a la presentación por parte del Ejecutivo Federal.

* Sin intervención en Tribuna.

Regresar