No.
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INICIATIVA |
ORIGEN |
TURNO O TRÁMITE |
SINOPSIS |
1 |
Que reforma el artículo 16 de la Ley
Orgánica del Ejército y Fuerza Aérea
Mexicanos.
Publicación en GP: Anexo II. Febrero 14,
2008. |
Dip.
Armando Barreiro Pérez
(PRD) |
Comisión de Defensa Nacional |
Establecer que el Alto Mando del Ejército y
Fuerza Aérea Mexicanos, deberá ser ciudadano
mexicano, eliminando como requisito el que
éste sea un General de División del
Ejército. |
2 |
Que reforma el artículo 3o. de la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
Publicación en GP: Anexo II. Febrero 19,
2008. |
Dip.
Elda Gómez Lugo
(PRI) |
Comisión de Puntos Constitucionales
con opinión de la Comisión de Asuntos
Indígenas |
Establecer que la educación que imparta el
Estado deberá contener el carácter
pluricultural de la nación, a efecto de
garantizar el reconocimiento, respeto e
integración de los pueblos y comunidades
indígenas del país. |
3 |
Que reforma diversas disposiciones de la
Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos.
Publicación en GP: Anexo II. Febrero 14,
2008. |
Dip.
Silvia Oliva Fragoso
(PRD) |
Comisión de Puntos Constitucionales |
Otorgar a la Ciudad de México los mismos
derechos y obligaciones de los estados
integrantes de la federación y su
coordinación entre ellos. Sustituir la
denominación de Distrito Federal por el de
Ciudad de México, siendo parte integrante de
la federación con un régimen de gobierno
autónomo, un Alcalde Mayor a cargo del
Ejecutivo y la administración pública en la
entidad, el cual será elegido directamente
cada seis años y contará con un Congreso
propio. A su vez, disponer la creación de su
propia Constitución, ejerciendo las
facultades no reservadas a la federación y
en aquellas materias en las cuales se
establezca la concurrencia con el gobierno
federal, los estados y municipios.
|
4 |
Que reforma y adiciona el artículo 27 de la
Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos.
Publicación en GP: Anexo II. Febrero 14,
2008. |
Dip.
Ramón Barajas López
(PRI) |
Comisión de Puntos Constitucionales |
Considerar a las aguas nacionales como áreas
de seguridad nacional. |
5 |
Que reforma los artículos 2 y 16 de la
Ley de Planeación.
Publicación en GP: Anexo II. Febrero 14,
2008. |
Dip.
Sara Latife Ruiz Chávez
(PRI) |
Comisión de Hacienda y Crédito Público |
Incluir dentro de los principios de la
planeación nacional del desarrollo, la
erradicación de la pobreza y la marginación,
así como dar prioridad a la atención de las
problemáticas de los grupos vulnerables.
Asimismo, establecer que los programas
sectoriales que elaboren las dependencias de
la Administración Pública Federal deberán
proporcionar alternativas que beneficien a
estos grupos. |
6 |
Que reforma y adiciona diversas
disposiciones de la Ley Aduanera.
Publicación en GP: Anexo II. Febrero 19,
2008. |
Dip.
David Figueroa Ortega
(PAN) |
Comisión de Hacienda y Crédito Público |
Incorporar dentro de los casos en que las
autoridades aduaneras pueden proceder al
embargo precautorio, cuando el nombre del
productor que se esgrima en la documentación
presentada para acreditar el origen de la
mercancía sea falso o cuando no se localicen
las mercancías extranjeras destinadas al
régimen de depósito fiscal en los locales
autorizados o en el almacén general de
depósito, aún y cuando no concluya su plazo
de permanencia. Asimismo, establecer para la
situación antes descrita, una multa del
100% del valor en aduana de las mercancías,
así como el 100% de las contribuciones y
aprovechamientos. |
7 |
Que reforma el artículo 103 de la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
Publicación en GP: Anexo II. Febrero 19,
2008. |
Dip.
Juan Nicasio Guerra Ochoa
(PRD)
A nombre propio y del Dip. Andrés Lozano
Lozano (PRD) |
Comisión de Puntos Constitucionales |
Establecer que los tribunales de la
federación deberán resolver controversias
mediante el juicio de amparo contra normas
generales u omisiones de las autoridades,
con independencia de su carácter individual
o social. Que en la resolución de las
controversias, dichos tribunales tomarán en
consideración los criterios emitidos por los
órganos de los sistemas internacionales y
regionales de derechos humanos a los que
México esté integrado, siempre que ello no
contradiga las disposiciones de esta
Constitución. Asimismo, que deberán dar
plena efectividad a los derechos económicos,
sociales y culturales en las dimensiones que
sean directamente aplicables, y deberán
fijar los efectos del amparo de modo que
permitan ampliar la efectividad jurídica
respecto del quejoso. |
8 |
Que reforma y adiciona diversas
disposiciones de la Ley Federal de
Protección al Consumidor y del
Código Penal Federal.
Publicación en GP: Anexo II. Febrero 19,
2008. |
Dip.
Carlos Alberto García González
(PAN)
A nombre propio y de los integrantes de la
Comisión de Población, Fronteras y Asuntos
Migratorios |
Comisiones Unidas de Población, Fronteras
y Asuntos Migratorios, de Economía
y de Justicia |
Adicionar un capítulo denominado “De los
derechos de los consumidores en el pago de
remesas”, para establecer que los
proveedores que presten dicho servicio
deberán contar con un certificado otorgado
por la Secretaría de Economía que las
acredite para operar. Asimismo, las
obligaciones y sanciones a las que se harán
acreedores dichos proveedores en caso de
incumplir con el pago de las remesas
correspondientes. |
9 |
Que reforma el artículo 41 de la
Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos.
Publicación en GP: Anexo II. Febrero 19,
2008. |
Dip.
Joel Guerrero Juárez
(PRI) |
Comisión de Puntos Constitucionales |
Prohibir la reelección inmediata y sucesiva
de representantes populares en cualquiera de
sus instancias: federal, estatal o
municipal. |
10 |
Que reforma diversas disposiciones de la
Ley General del Equilibrio Ecológico y la
Protección al Ambiente, expide la
Ley General de la Calidad del Aire y la
Protección a la Atmósfera, y
adiciona un artículo a la
Ley del
Impuesto sobre la Renta.
Publicación en GP: Anexo II. Febrero 19,
2008. |
Dip.
Sergio Augusto López Ramírez
(PVEM)
A nombre del Dip.
Antonio Xavier López Adame (PVEM) |
Comisiones Unidas de Medio Ambiente y
Recursos Naturales y de Hacienda y
Crédito Público, con opinión de la
Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública |
Reglamentar el artículo 4 de la Constitución
Federal en materia de preservación de la
calidad del aire y de protección a la
atmósfera estableciendo las bases de
coordinación y colaboración entre la
federación, los estados, el Distrito Federal
y los municipios, así como la concertación
para la participación de los sectores social
y privado. Regular la distribución de
competencias en la materia entre la
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos
Naturales, las secretarías de Salud; de
Relaciones Exteriores; de Agricultura,
Ganadería, de Desarrollo Rural, Pesca y
Alimentación; de Desarrollo Social; de
Comunicaciones y Transportes y de Energía.
Establecer obligaciones a propietarios de
fuentes móviles e impulsar el desarrollo
tecnológico. Crear el Comité Nacional para
la Prevención y Control de la Contaminación
y la Protección contra el Deterioro
Atmosférico como mecanismo de consulta y
asesoría multidisciplinaria en el diseño,
definición, planeación y aplicación de las
políticas encaminadas a prevenir y controlar
la contaminación atmosférica y a protegerla
de los efectos adversos del cambio climático
y el uso de las sustancias agotadoras de la
capa de ozono.
Dicho Comité estará integrado por un
representante de las secretarías antes
señaladas, un representante de gobierno de
cada entidad federativa; un representante
del gobierno del Distrito Federal y
representantes de organismos e instituciones
públicas y privadas, así como de los
sectores industriales, productivos,
académicos, científicos y de participación
ciudadana que serán invitados especiales con
voz pero sin voto. |
11 |
Que reforma y adiciona diversas
disposiciones de la Ley Federal de
Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria.
Publicación en GP: Anexo II. Febrero 14,
2008. |
Dip.
Susana Monreal Ávila (PRD) |
Comisión de Presupuesto y Cuenta Pública |
Establecer que el Sistema de Evaluación y
Desempeño deberá realizar una valoración
objetiva de los programas sujetos a los
gastos neto, total, no programable y
programable, el cual estará a cargo de la
Auditoría Superior de la Federación y
exclusivamente en materia de desarrollo
social por el Consejo Nacional de Evaluación
de la Política de Desarrollo Social. Que el
auditor Superior de la Federación reportará
mediante un Informe Trimestral a la Cámara
de Diputados por conducto de las Comisiones
de Vigilancia de la Auditoria Superior de la
Federación y de Presupuesto y Cuenta Pública
el resultado de dichas evaluaciones.
Asimismo, que los programas y proyectos
registrados en la cartera de inversión serán
analizados por la Secretaría de Hacienda y
Crédito Público y la Cámara de Diputados por
conducto de una delegación de Diputados
integrantes de la Comisión de Presupuesto y
Cuenta Pública para establecer un orden de
los programas y proyectos de inversión en su
conjunto y maximizar el impacto que puedan
tener para incrementar el beneficio social.
Que la función de fiscalización será
ejercida conforme a los principios de
posterioridad, anualidad, legalidad,
imparcialidad, definitividad y
confiabilidad. |
12 |
Que adiciona un artículo 31 Bis a la
Ley Federal de los Trabajadores al Servicio
del Estado, Reglamentaria del Apartado B)
del Artículo 123 Constitucional.
Publicación en GP: Anexo II. Febrero 19,
2008. |
Dip.
Francisco Javier Murillo Flores
(PAN) |
Comisiones Unidas de Trabajo y Previsión
Social y de Seguridad Social |
Establecer que los trabajadores que cumplan
con el tiempo de cotización para la
jubilación, independientemente de su edad y
los docentes que laboren frente a grupo,
podrán solicitar a la autoridad
correspondiente les reubique en otra
actividad, que podrá ser de asesoría
pedagógica, investigación metodológica en
centro de trabajo, zona o sector,
elaboración y perfeccionamiento de
materiales educativos o apoyo técnico
pedagógico. |
13 |
Que reforma y adiciona diversas
disposiciones de la Ley de Aviación
Civil.
Publicación en GP: Anexo II. Febrero 19,
2008. |
Dip.
Jesús Ramírez Stabros
(PRI) |
Comisión de Transportes |
Establecer los conceptos de accidente,
lesión fatal, certificado de aptitud
psicofísica, incidente, medicina
aeroespacial, médico examinador autorizado
y autoridad aeronáutica que será la
Dirección General de Aeronáutica Civil de la
Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
Asimismo, que el Centro Nacional de Medicina
Aeroespacial (CENMA) será la dependencia de
la autoridad aeronáutica responsable y
rectora de todos los aspectos médicos y de
salud en la aviación civil mexicana. Crear
un Consejo Consultivo de Medicina
Aeroespacial como un órgano colegiado
constituido por médicos especialistas en
Medicina Aeroespacial y otras especialidades
afines, cuyo objetivo primordial será
asesorar a las autoridades del gobierno
federal en todo asunto que tenga relación
con las políticas públicas, así como con la
promulgación de leyes, reglamentos, normas,
directivas o recomendaciones relativas a la
seguridad, desarrollo y crecimiento de la
industria aeroespacial nacional. |
14 |
Que reforma el párrafo sexto del artículo 37
de la Ley Federal de Responsabilidades
Administrativas de los Servidores Públicos.
Publicación en GP: Anexo II. Febrero 19,
2008. |
Dip.
Obdulio Ávila Mayo
(PAN) |
Comisión de la Función Pública |
Establecer una sanción de 6 meses a 1 año de
inhabilitación al servidor público que
omita, sin causa justificada la presentación
de la declaración de conclusión del encargo.
Si el infractor fuere reincidente, que se
sancione con inhabilitación no menor a 9
meses sin que pueda llegar a exceder del
plazo máximo de un año. |